Fuenlabrada (BOCM-20250320-67)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 67

JUEVES 20 DE MARZO DE 2025

Pág. 219

ÁREA DE ACTUACIÓN

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

PRESUPUESTO
EJERCICIO 2025

Participación
Ciudadana

Proyectos de actividades

2025-4081-924-48000

91.000,00 €

Capital inversiones

2025-4081-924-78200

21.500,00 €

Bienestar Social

Actividades de Integración Social

2025-5011-231-48004

55.000,00 €

Juventud
e Infancia
(0-30 años)

Actividades de información, formación, participación infantil y juvenil, arte joven
y actividades de tiempo libre

2025-4071-334-48010

27.000,00 €

Capital Inversiones

2025-4071-334-78001

4.000,00 €

Feminismo

Programas y actividades que fomenten la igualdad de oportunidades entre
hombres y mujeres

2025-5021-231-48003

70.000,00 €

Subvención 2025 Inversión

2025-5021-231-78001

10.000,00 €

Sanidad

Programas, actividades o acciones locales que realicen las Asociaciones relacionadas con la salud y las Asociaciones relacionadas con la protección animal

2025-5041-311-48900

71.000,00 €

Educación

Proyectos educativos AMPA

2025-6051-326-48001

65.000,00 €

Mayores

Actividades realizadas por asociaciones de Mayores

2025-4131-231-48000

64.000,00 €

Subvención 2025 Inversión

2025-4131-231-78900

12.000,00 €

Subvención a asociaciones beneficio asistencial

2025-6031-231-48001

35.000,00 €

JDM Loranca

Para el reparto del crédito correspondiente a cada área de actuación, se incorporan a la
convocatoria los criterios de valoración por área.
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes
y documentación preceptiva será de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la fecha de
publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Dicha solicitud y documentos podrán presentarse preferentemente a través de la
sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada, así como en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o bien, a través de los registros y medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo tener en cuenta, los obligados a relacionarse a través de
medios electrónicos con las Administraciones Públicas, lo dispuesto en el artículo 14.2 de la
mencionada ley.
Sexto. Pago.—En el caso de las subvenciones cuya concesión definitiva quede aprobada antes del 1 de noviembre de 2025, se establecerá un solo pago anticipado del 100 %
del importe, previo a la justificación.
En el caso de las subvenciones cuya concesión definitiva se apruebe entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2025, el pago efectivo se realizará tras la justificación del
importe total concedido.
Séptimo. Justificación.—El plazo de presentación de las justificaciones de las subvenciones concedidas finalizará el 31 de enero de 2026, mediante la documentación requerida en la convocatoria (art. 14).
Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este
acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho
interese.
La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del
acto administrativo.
Fuenlabrada, a 17 de marzo de 2025.—El alcalde-presidente, Francisco J. Ayala Ortega.
(03/4.324/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250320-67

Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas asciende a 525.500,00 euros,
dividido por áreas de actuación, conforme al siguiente detalle: