Fuenlabrada (BOCM-20250320-67)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 67
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha, 14 de marzo de 2025 (punto 23), por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a asociaciones y entidades
ciudadanas para el año 2025.
BDNS: 820685
BOCM-20250320-67
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index )
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones o entidades con personalidad jurídica y legalmente constituidas que desarrollen la actividad objeto de subvención dentro de algunas
de las áreas siguientes áreas de actuación: Participación Ciudadana, Bienestar Social, Juventud e Infancia (0-30 años), Feminismo y Diversidad, Sanidad, Educación, Mayores y
JMD Loranca, siendo requisito necesario que dichas entidades se encuentren inscritas en el
Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada y que dicha inscripción permanezca debidamente actualizada.
No resultarán beneficiarias de las ayudas o subvenciones aquellas asociaciones o entidades que se encuentren incursas en un procedimiento de reintegro o que tengan pendiente de aprobación la justificación de una subvención previamente otorgada por este Ayuntamiento para el mismo objeto y/o que tengan sin presentar la justificación de cualquier
otra subvención recibida del Ayuntamiento habiendo transcurrido el plazo para ello.
Segundo. Objeto.—Se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de actividades en el ámbito de acción social en el municipio de
Fuenlabrada y dentro de alguna de las Áreas de actuación referenciadas en el punto primero: Se concreta en 2 líneas principales de actuación:
1. Gasto corriente: Proyectos y/o actividades, de cada delegación dentro de su ámbito de
aplicación que den continuidad a las líneas de actuación del plan de subvenciones Municipal.
2. Gastos de Inversión: La inversión para la correcta realización de las actividades,
y/o las sobrevenidas por la conservación y mantenimiento de la sede (bien de titularidad
municipal o de índole privado en carácter de alquiler). Esta línea de actuación solo será aplicable a las entidades dependientes de Participación Ciudadana, Juventud e Infancia, Feminismo y Mayores.
El plazo de ejecución de los proyectos y/o actividades a subvencionar es el año 2025.
Los gastos subvencionables son los descritos en el artículo 9 de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Pág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
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FUENLABRADA
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Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha, 14 de marzo de 2025 (punto 23), por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a asociaciones y entidades
ciudadanas para el año 2025.
BDNS: 820685
BOCM-20250320-67
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index )
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones o entidades con personalidad jurídica y legalmente constituidas que desarrollen la actividad objeto de subvención dentro de algunas
de las áreas siguientes áreas de actuación: Participación Ciudadana, Bienestar Social, Juventud e Infancia (0-30 años), Feminismo y Diversidad, Sanidad, Educación, Mayores y
JMD Loranca, siendo requisito necesario que dichas entidades se encuentren inscritas en el
Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada y que dicha inscripción permanezca debidamente actualizada.
No resultarán beneficiarias de las ayudas o subvenciones aquellas asociaciones o entidades que se encuentren incursas en un procedimiento de reintegro o que tengan pendiente de aprobación la justificación de una subvención previamente otorgada por este Ayuntamiento para el mismo objeto y/o que tengan sin presentar la justificación de cualquier
otra subvención recibida del Ayuntamiento habiendo transcurrido el plazo para ello.
Segundo. Objeto.—Se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de actividades en el ámbito de acción social en el municipio de
Fuenlabrada y dentro de alguna de las Áreas de actuación referenciadas en el punto primero: Se concreta en 2 líneas principales de actuación:
1. Gasto corriente: Proyectos y/o actividades, de cada delegación dentro de su ámbito de
aplicación que den continuidad a las líneas de actuación del plan de subvenciones Municipal.
2. Gastos de Inversión: La inversión para la correcta realización de las actividades,
y/o las sobrevenidas por la conservación y mantenimiento de la sede (bien de titularidad
municipal o de índole privado en carácter de alquiler). Esta línea de actuación solo será aplicable a las entidades dependientes de Participación Ciudadana, Juventud e Infancia, Feminismo y Mayores.
El plazo de ejecución de los proyectos y/o actividades a subvencionar es el año 2025.
Los gastos subvencionables son los descritos en el artículo 9 de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.