C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250319-19)
Plan general de urbanismo –  Acuerdo de 12 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Decimoctava Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, en el ámbito ZOI 04, “Los Olivos”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 66

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MARZO DE 2025

Pág. 81

VIII. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 27 de febrero de 2025,
aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo el día 21 de febrero de 2025, informó favorablemente la Decimoctava Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, en el ámbito Zona de Ordenación Incorporada
(ZOI) 04 “Los Olivos”.
IX. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la mencionada
Ley 9/2001, de 17 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y
de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia
que concurre en el presente supuesto.
X. Según lo establecido en los artículos 65 y 66 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se
depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, sita en la calle Alcalá, número 16, 5ª
planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.
Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con
el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.
En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la
sesión celebrada el 27 de febrero de 2025, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 12
de marzo de 2025,
ACUERDA
Primero
Aprobar definitivamente la Decimoctava Modificación Puntual del Plan General de
Ordenación Urbana de Getafe, en el ámbito del ZOI 04, “Los Olivos”.
Segundo
Remitir al Ministerio de Defensa el documento de la Decimoctava Modificación Puntual
del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, en el ámbito del ZOI 04, “Los Olivos”,
aprobado definitivamente, acompañado de certificación del acto aprobatorio, todo ello a los
efectos previstos en los artículos 27.9 y 30 del Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el
que se regulan las servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea.

Cuarto
Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Getafe con indicación de que deberá proceder a la publicación del contenido normativo del plan, conforme al artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como a la publicación del contenido que corresponda de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante
el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 12 de marzo de 2025.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/4.032/25)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250319-19

Tercero
Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.1.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid.