D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250319-61)
Convenio – Convenio de 26 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Real Federación Española de Atletismo, para la organización del Campeonato de Europa por Selecciones Nacionales de Atletismo, en la categoría de Primera División
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BOCM
Pág. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 66
c) Participar en la entrega de premios a través de la autoridad que, en cada caso, se
designe al efecto, así como en la presentación de los distintos campeonatos y demás actos que se realicen con motivo de los mismos.
d) Proponer a los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que colaboren difundiendo la competición objeto del convenio entre los clubes deportivos radicados
en su localidad y en general entre sus vecinos.
e) Informar a los centros educativos de la Comunidad de Madrid sobre las actividades previstas en el desarrollo del Campeonato objeto del convenio, para fomentar
la asistencia del máximo número de madrileños posible, especialmente a los que
participan en los programas deportivos Madrid Comunidad Deportiva e Institutos
Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid.
f) De igual forma, informar a todos los clubes de atletismo de la Comunidad de
Madrid, a través de la Federación de Atletismo de Madrid.
g) Colaborar con las Administraciones públicas que pudieran estar implicadas en la
celebración del evento en todas aquellas actuaciones que contribuyan a su correcto desarrollo.
h) Realizar, en colaboración con la Federación, el seguimiento de las actividades, así
como de las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de las mismas.
i) Realizar la gestión e información a los deportistas participantes y a sus entrenadores y familiares sobre los alojamientos, transportes, desplazamientos, actividades
culturales de la Comunidad de Madrid, zonas de ocio, etc., que puedan ser de interés y utilidad durante su estancia.
j) Dar difusión de la celebración de las actividades del Campeonato a través de las
redes sociales de la Comunidad de Madrid.
k) Dar difusión de la celebración de dichas actividades en el Movistar Arena de la
Comunidad de Madrid, a través de los sistemas audiovisuales existentes en la instalación.
l) Designar a la autoridad de la Comunidad de Madrid que participará en el acto de
presentación del Campeonato objeto del convenio junto con el presidente de la federación.
Cuarta
Aportación económica de la Comunidad de Madrid
Quinta
Justificación del gasto y pago
El abono de la aportación económica de la Comunidad de Madrid se realizará en un
único pago por el importe máximo fijado en la estipulación cuarta.
A tal fin, la Federación deberá presentar la justificación de gasto correspondiente a la
conclusión de la competición, con anterioridad al día 31 de julio de 2025.
BOCM-20250319-61
1. Por tratarse de competiciones deportivas de interés público, la Comunidad de
Madrid abonará a la Federación un importe máximo total de 300.000 euros, que incluye
todo tipo de impuestos y gastos que puedan corresponder, en la forma que se determina en
la estipulación quinta.
Dicho importe será abonado, con cargo al subconcepto 22802 del programa 336A de
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025, una vez celebrado el
Campeonato objeto del convenio y realizadas las obligaciones que la Federación asume de
acuerdo a lo previsto en la estipulación segunda, previa justificación documental del gasto
incurrido en la forma prevista en la estipulación quinta.
2. El importe máximo a abonar por la Comunidad de Madrid se verá reducido en función del cumplimiento parcial o defectuoso de las obligaciones que constan en el convenio
a cargo de la Federación, o bien porque esta obtenga otros ingresos que hagan alcanzar el
coste total de la actividad.
La previsión de un máximo total se establece como garantía de un buen desarrollo de
las actividades, pero es de interés público que, si una vez desarrolladas las mismas, previas
las comprobaciones oportunas, se ha necesitado destinar menos medios de los inicialmente
previstos, ese importe máximo se reduzca de manera proporcional, siendo tan solo necesario pagar aquellos que efectivamente se hayan realizado y que se determinarán por el órgano competente de la Comisión para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio.
Pág. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 66
c) Participar en la entrega de premios a través de la autoridad que, en cada caso, se
designe al efecto, así como en la presentación de los distintos campeonatos y demás actos que se realicen con motivo de los mismos.
d) Proponer a los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que colaboren difundiendo la competición objeto del convenio entre los clubes deportivos radicados
en su localidad y en general entre sus vecinos.
e) Informar a los centros educativos de la Comunidad de Madrid sobre las actividades previstas en el desarrollo del Campeonato objeto del convenio, para fomentar
la asistencia del máximo número de madrileños posible, especialmente a los que
participan en los programas deportivos Madrid Comunidad Deportiva e Institutos
Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid.
f) De igual forma, informar a todos los clubes de atletismo de la Comunidad de
Madrid, a través de la Federación de Atletismo de Madrid.
g) Colaborar con las Administraciones públicas que pudieran estar implicadas en la
celebración del evento en todas aquellas actuaciones que contribuyan a su correcto desarrollo.
h) Realizar, en colaboración con la Federación, el seguimiento de las actividades, así
como de las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de las mismas.
i) Realizar la gestión e información a los deportistas participantes y a sus entrenadores y familiares sobre los alojamientos, transportes, desplazamientos, actividades
culturales de la Comunidad de Madrid, zonas de ocio, etc., que puedan ser de interés y utilidad durante su estancia.
j) Dar difusión de la celebración de las actividades del Campeonato a través de las
redes sociales de la Comunidad de Madrid.
k) Dar difusión de la celebración de dichas actividades en el Movistar Arena de la
Comunidad de Madrid, a través de los sistemas audiovisuales existentes en la instalación.
l) Designar a la autoridad de la Comunidad de Madrid que participará en el acto de
presentación del Campeonato objeto del convenio junto con el presidente de la federación.
Cuarta
Aportación económica de la Comunidad de Madrid
Quinta
Justificación del gasto y pago
El abono de la aportación económica de la Comunidad de Madrid se realizará en un
único pago por el importe máximo fijado en la estipulación cuarta.
A tal fin, la Federación deberá presentar la justificación de gasto correspondiente a la
conclusión de la competición, con anterioridad al día 31 de julio de 2025.
BOCM-20250319-61
1. Por tratarse de competiciones deportivas de interés público, la Comunidad de
Madrid abonará a la Federación un importe máximo total de 300.000 euros, que incluye
todo tipo de impuestos y gastos que puedan corresponder, en la forma que se determina en
la estipulación quinta.
Dicho importe será abonado, con cargo al subconcepto 22802 del programa 336A de
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025, una vez celebrado el
Campeonato objeto del convenio y realizadas las obligaciones que la Federación asume de
acuerdo a lo previsto en la estipulación segunda, previa justificación documental del gasto
incurrido en la forma prevista en la estipulación quinta.
2. El importe máximo a abonar por la Comunidad de Madrid se verá reducido en función del cumplimiento parcial o defectuoso de las obligaciones que constan en el convenio
a cargo de la Federación, o bien porque esta obtenga otros ingresos que hagan alcanzar el
coste total de la actividad.
La previsión de un máximo total se establece como garantía de un buen desarrollo de
las actividades, pero es de interés público que, si una vez desarrolladas las mismas, previas
las comprobaciones oportunas, se ha necesitado destinar menos medios de los inicialmente
previstos, ese importe máximo se reduzca de manera proporcional, siendo tan solo necesario pagar aquellos que efectivamente se hayan realizado y que se determinarán por el órgano competente de la Comisión para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio.