C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250318-26)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 625/2025, de 4 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifican las líneas de subvención 1, 13, 20, 22, 25 y 27 del Anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febrero
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 65

tos perseguidos”, debido a una revisión de los requisitos de los beneficiarios en esta intervención NO SIGC del PEPAC, de forma que:
Donde decía: “Asociaciones que mantengan durante un mínimo de cinco años hembras reproductoras de las razas seleccionadas”.
Debe decir: “Asociaciones de criadores de ganado bovino de razas autóctonas españolas legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente”.
Línea de subvención 22: “Ayudas a la apicultura para la biodiversidad en la Comunidad de
Madrid, cofinanciadas por el FEADER y la AGE”, correspondiente a la intervención 6501.4
del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de la Comunidad de Madrid 2023-2027
(PEPAC-CM), para aumentar el importe del punto 6 “Costes previsibles para su realización”,
debido a que en la convocatoria anterior ha habido menos beneficiarios de los esperados, y se
prevé que en esta convocatoria podrían entrar nuevos apicultores o ser beneficiarios algunos
de los solicitantes que se han quedado fuera en la anterior convocatoria, además de los solicitantes que terminan el programa plurianual 2022-2024 del PDR 2014-2020.
Línea de subvención 25: “Ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica cofinanciadas por el FEADER y la AGE”, correspondiente a la intervención 6503 del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de la
Comunidad de Madrid 2023-2027 (PEPAC-CM), para aumentar el importe del punto 6
“Costes previsibles para su realización”, debido a que en el programa 2024-2028 ha habido solicitantes que no tenían a fecha de solicitud de la ayuda algunas o todas las parcelas de
su explotación certificadas, a que algunos agricultores ecológicos no se habían informado
de la convocatoria y a que se prevé la entrada en este sistema de jóvenes agricultores que
inician la actividad agraria.
Línea de subvención 27: “Ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el FEADER y la AGE”,
correspondiente a la intervención 6505.1 del Plan Estratégico de la Política Agraria Común
de la Comunidad de Madrid 2023-2027 (PEPAC-CM), para redistribuir y aumentar el importe del punto 6 “Costes previsibles para su realización”, debido a que ha habido una modificación de las Bases Reguladoras incluyéndose en la misma nuevas razas amenazadas en
peligro de extinción. La campaña 2024 ha sido la primera convocatoria con esta modificación y sí se ha producido un aumento significativo de animales solicitados; no obstante, en
relación con el número de animales existentes en la Comunidad de Madrid de las nuevas
razas subvencionadas, consideramos que para esta nueva convocatoria podría haber otro
pequeño incremento en el número de solicitantes y de UGM.
Por todo lo anteriormente expuesto, se considera procedente modificar el Plan Estratégico 2024-2027 para la modificación de los importes del punto 6, relativo a los costes previsibles, de las líneas de subvención 1, 13, 22, 25 y 27, y para la modificación del punto 3
“Objetivos y efectos perseguidos”, de la línea de subvención 20.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995, el
artículo 12.2 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio y el artículo 50.3 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Modificar los importes del apartado 6 de la línea de subvención 1 del Anexo I: “Subvención nominativa con destino al Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) en
la Comandancia de Madrid dependiente de la Dirección General de la Guardia Civil”, tal y
como figura en el Anexo de la presente orden.

Modificar los importes del punto 6 de la línea de subvención 13 del Anexo I “Ayudas
para la cooperación en el fomento de circuitos cortos y comercialización de proximidad
(cooperación para la vertebración del territorio)”, tal y como figuran en el Anexo de la presente orden.

BOCM-20250318-26

Segundo