Coslada (BOCM-20250318-56)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MARZO DE 2025
Pág. 189
Toma de posesión: La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la notificación de la resolución si no implica cambio de residencia, o
de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El cómputo
del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados.
10. Destinos
Los interesados podrán desistir total o parcialmente de su solicitud de participación en el
presente concurso de méritos hasta el día anterior a la fecha de la resolución del concurso.
Los destinos adjudicados en este concurso serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Los traslados que se deriven de la resolución del concurso tendrán la consideración de
voluntarios.
11. Protección de datos
La participación en cualquier proceso de provisión de puestos objeto de las presentes
bases supone el consentimiento, por parte de la persona participante, del tratamiento de sus
datos de carácter personal recogidos en la solicitud por parte del Ayuntamiento de Coslada. La legitimación del tratamiento radica en el consentimiento otorgado por su parte, así
como en el ejercicio de los poderes públicos en el marco de la gestión de los procesos de
provisión de puestos de trabajo.
Se le informa que sus datos podrán ser publicados en boletines, tablones de anuncios,
página web y cualquier otro medio utilizado para la comunicación de los resultados provisionales o definitivos del proceso, así como de aquellos datos necesarios para la correcta
gestión y ejecución del procedimiento de provisión. En todo caso, la publicación de sus datos se realizará de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el Reglamento (UE)
2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos, sus datos serán tratados en el fichero de Recursos Humanos, responsabilidad del Ayuntamiento, con la finalidad de gestionar el proceso de provisión de puesto. Dichos datos podrán ser comunicados a terceros por obligación legal.
Los/as interesados/as podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación o supresión,
la limitación del tratamiento u oponerse, así como el derecho a la portabilidad de los datos,
en los términos y condiciones previstos en la normativa vigente, mediante solicitud dirigida
a dicho responsable en la siguiente dirección: Avenida de la Constitución, número 47, 28821
Coslada, Madrid, o a través del correo lopd@ayto-coslada.es. Asimismo, podrán presentar
una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o contactar con el Delegado de Protección de Datos en dpo@segurdades.com.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante Junta de Gobierno, en el término de un mes,
contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante LPAC).
II. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, a elección de aquélla, en el plazo de dos
meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID (artículos 8.1, 14.1.2ª, 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso,
cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).
BOCM-20250318-56
12. Recursos
B.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MARZO DE 2025
Pág. 189
Toma de posesión: La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la notificación de la resolución si no implica cambio de residencia, o
de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El cómputo
del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados.
10. Destinos
Los interesados podrán desistir total o parcialmente de su solicitud de participación en el
presente concurso de méritos hasta el día anterior a la fecha de la resolución del concurso.
Los destinos adjudicados en este concurso serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Los traslados que se deriven de la resolución del concurso tendrán la consideración de
voluntarios.
11. Protección de datos
La participación en cualquier proceso de provisión de puestos objeto de las presentes
bases supone el consentimiento, por parte de la persona participante, del tratamiento de sus
datos de carácter personal recogidos en la solicitud por parte del Ayuntamiento de Coslada. La legitimación del tratamiento radica en el consentimiento otorgado por su parte, así
como en el ejercicio de los poderes públicos en el marco de la gestión de los procesos de
provisión de puestos de trabajo.
Se le informa que sus datos podrán ser publicados en boletines, tablones de anuncios,
página web y cualquier otro medio utilizado para la comunicación de los resultados provisionales o definitivos del proceso, así como de aquellos datos necesarios para la correcta
gestión y ejecución del procedimiento de provisión. En todo caso, la publicación de sus datos se realizará de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el Reglamento (UE)
2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos, sus datos serán tratados en el fichero de Recursos Humanos, responsabilidad del Ayuntamiento, con la finalidad de gestionar el proceso de provisión de puesto. Dichos datos podrán ser comunicados a terceros por obligación legal.
Los/as interesados/as podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación o supresión,
la limitación del tratamiento u oponerse, así como el derecho a la portabilidad de los datos,
en los términos y condiciones previstos en la normativa vigente, mediante solicitud dirigida
a dicho responsable en la siguiente dirección: Avenida de la Constitución, número 47, 28821
Coslada, Madrid, o a través del correo lopd@ayto-coslada.es. Asimismo, podrán presentar
una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o contactar con el Delegado de Protección de Datos en dpo@segurdades.com.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante Junta de Gobierno, en el término de un mes,
contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante LPAC).
II. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, a elección de aquélla, en el plazo de dos
meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID (artículos 8.1, 14.1.2ª, 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso,
cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).
BOCM-20250318-56
12. Recursos