D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20250318-35)
Convenio – Convenio de 30 de diciembre de 2024, regulador de las condiciones de adhesión del Ayuntamiento de Madrid al Consorcio Regional de Transportes de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MARZO DE 2025
Pág. 127
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
35
CONVENIO de 30 de diciembre de 2024, regulador de las condiciones de adhesión
del Ayuntamiento de Madrid al Consorcio Regional de Transportes de Madrid.
En Madrid, a 30 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
Doña Isabel Díaz Ayuso, Presidenta de la Comunidad de Madrid, nombrada por Real
Decreto 542/2023, de 22 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de junio), en nombre
y representación de la Comunidad de Madrid, en virtud de las facultades conferidas por el
artículo 17 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid, y conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2 del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de
la Comunidad de Madrid, modificado por Decreto 5/2021, de 27 de enero.
Don José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde del Ayuntamiento de Madrid, como
tal investido durante la sesión constitutiva de la nueva corporación municipal de 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Madrid, en uso de
las competencias atribuidas por el artículo 14.3.k) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid.
Don Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 19 de julio de 2023
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 20 de julio de 2023), actuando para la
firma de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de
la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio y el artículo 12 de la Ley 1/1984,
de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid y en el artículo 6.2 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula
la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
I. Que por Ley 5/1985, de 16 de mayo, se creó el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (en adelante Consorcio) con la finalidad de garantizar la
adecuada coordinación en los transportes de la Comunidad de Madrid.
II. Que el 28 de julio de 1985, por Acuerdo del Pleno Municipal, el Ayuntamiento
de Madrid (en adelante el Ayuntamiento) formalizó su adhesión al Consorcio por un período inicial de siete años, adhesión prorrogada por períodos sucesivos de cuatro años.
III. Que el 22 de marzo de 1999, se suscribió el primer Convenio por el que se establecían las condiciones y compromisos relativos a la adhesión del Ayuntamiento de Madrid
al Consorcio para los años 1999 y 2000. Desde ese momento se han venido sucediendo diversos Convenios (originarios o prorrogados) reguladores de las condiciones de adhesión.
Que con fecha 18 de abril de 2017, ambas partes suscribieron el convenio precedente al que
sustituye el presente convenio.
IV. Que las partes intervinientes lo hacen en función de las competencias que ostentan, cuales son las relativas al transporte público que discurre por la región en el caso de la
Comunidad de Madrid (Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, Estatuto de Autonomía de
la Comunidad de Madrid), las relativas a organismo planificador, centralizador y al que corresponde, entre otras, la competencia de “la distribución entre las empresas públicas dependientes del Consorcio, de los ingresos por tarifas y la realización de compensaciones
BOCM-20250318-35
MANIFIESTAN
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O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
35
CONVENIO de 30 de diciembre de 2024, regulador de las condiciones de adhesión
del Ayuntamiento de Madrid al Consorcio Regional de Transportes de Madrid.
En Madrid, a 30 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
Doña Isabel Díaz Ayuso, Presidenta de la Comunidad de Madrid, nombrada por Real
Decreto 542/2023, de 22 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de junio), en nombre
y representación de la Comunidad de Madrid, en virtud de las facultades conferidas por el
artículo 17 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid, y conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2 del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de
la Comunidad de Madrid, modificado por Decreto 5/2021, de 27 de enero.
Don José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde del Ayuntamiento de Madrid, como
tal investido durante la sesión constitutiva de la nueva corporación municipal de 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Madrid, en uso de
las competencias atribuidas por el artículo 14.3.k) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid.
Don Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 19 de julio de 2023
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 20 de julio de 2023), actuando para la
firma de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de
la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio y el artículo 12 de la Ley 1/1984,
de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid y en el artículo 6.2 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula
la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
I. Que por Ley 5/1985, de 16 de mayo, se creó el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (en adelante Consorcio) con la finalidad de garantizar la
adecuada coordinación en los transportes de la Comunidad de Madrid.
II. Que el 28 de julio de 1985, por Acuerdo del Pleno Municipal, el Ayuntamiento
de Madrid (en adelante el Ayuntamiento) formalizó su adhesión al Consorcio por un período inicial de siete años, adhesión prorrogada por períodos sucesivos de cuatro años.
III. Que el 22 de marzo de 1999, se suscribió el primer Convenio por el que se establecían las condiciones y compromisos relativos a la adhesión del Ayuntamiento de Madrid
al Consorcio para los años 1999 y 2000. Desde ese momento se han venido sucediendo diversos Convenios (originarios o prorrogados) reguladores de las condiciones de adhesión.
Que con fecha 18 de abril de 2017, ambas partes suscribieron el convenio precedente al que
sustituye el presente convenio.
IV. Que las partes intervinientes lo hacen en función de las competencias que ostentan, cuales son las relativas al transporte público que discurre por la región en el caso de la
Comunidad de Madrid (Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, Estatuto de Autonomía de
la Comunidad de Madrid), las relativas a organismo planificador, centralizador y al que corresponde, entre otras, la competencia de “la distribución entre las empresas públicas dependientes del Consorcio, de los ingresos por tarifas y la realización de compensaciones
BOCM-20250318-35
MANIFIESTAN