D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20250315-7)
Convenio – Convenio de colaboración de 24 de febrero de 2025, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y la empresa Estación Alpina de Cotos, S. A., en materia de rescates en la estación de Valdesquí y sus inmediaciones y de formación en rescates
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BOCM
Pág. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 63
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112
7
CONVENIO de colaboración de 24 de febrero de 2025, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y la empresa Estación Alpina de Cotos, S. A., en
materia de rescates en la estación de Valdesquí y sus inmediaciones y de formación en rescates.
REUNIDOS
D. Pedro A. Ruiz Escobar, Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112,
nombrado por Decreto 141/2023, de 5 de julio, actuando por delegación de competencias del Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112,
de 30 de enero de 2024, y de conformidad con el artículo 33.c) de la Ley 5/2023, de 22 de
marzo, de creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid.
D.a María Teresa González Garrido, en representación de la sociedad mercantil Estación
Alpina de Cotos, S. A., domiciliada en paseo de la Castellana, número 175, 28049 Madrid,
con NIF ***9893**, que actúa en calidad de apoderada, según escritura del notario Ricardo Ferrer Giménez, de 7 de marzo de 2024, con registro HN5028272, de elevación a públicos de acuerdos sociales relativos a nombramiento de cargos sociales y apoderamiento otorgada por “Estación Alpina de Cotos, S. A.”.
Ambas partes se reconocen, en la representación que ostentan, con plena capacidad jurídica y de obrar para suscribir este convenio, y a tal efecto,
1. La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, ente del sector público del
artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, dotado de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, se creó, según lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 5/2023, de 22 de
marzo, de creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid, para ejercer las competencias de protección civil, seguridad y emergencias atribuidas a la Comunidad de Madrid, con el fin de mejorar la gestión, el impulso, la
coordinación, la integración de los servicios, la respuesta, el apoyo y la supervisión de las
funciones necesarias para su ejercicio.
2. El Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en la disposición adicional primera adscribe la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112 a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
3. El Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 atribuye a la Dirección General de Emergencias en el artículo 3 letras a) y b) la dirección del
Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, la supervisión general de las funciones
que le atribuye el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Madrid aprobado por Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, así como cualquier otra normativa que le sea
de aplicación.
4. Dentro del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, el Grupo Especial
de Rescate en Altura (en adelante GERA), se define en su documento regulador como el
conjunto de profesionales formados, equipados y entrenados para realizar búsquedas en
medio natural, realizar rescates en medio montañoso, en medio natural de difícil acceso y
en estructuras artificiales excepcionalmente complicadas, y resolver emergencias relacio-
BOCM-20250315-7
EXPONEN
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SÁBADO 15 DE MARZO DE 2025
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AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112
7
CONVENIO de colaboración de 24 de febrero de 2025, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y la empresa Estación Alpina de Cotos, S. A., en
materia de rescates en la estación de Valdesquí y sus inmediaciones y de formación en rescates.
REUNIDOS
D. Pedro A. Ruiz Escobar, Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112,
nombrado por Decreto 141/2023, de 5 de julio, actuando por delegación de competencias del Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112,
de 30 de enero de 2024, y de conformidad con el artículo 33.c) de la Ley 5/2023, de 22 de
marzo, de creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid.
D.a María Teresa González Garrido, en representación de la sociedad mercantil Estación
Alpina de Cotos, S. A., domiciliada en paseo de la Castellana, número 175, 28049 Madrid,
con NIF ***9893**, que actúa en calidad de apoderada, según escritura del notario Ricardo Ferrer Giménez, de 7 de marzo de 2024, con registro HN5028272, de elevación a públicos de acuerdos sociales relativos a nombramiento de cargos sociales y apoderamiento otorgada por “Estación Alpina de Cotos, S. A.”.
Ambas partes se reconocen, en la representación que ostentan, con plena capacidad jurídica y de obrar para suscribir este convenio, y a tal efecto,
1. La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, ente del sector público del
artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, dotado de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, se creó, según lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 5/2023, de 22 de
marzo, de creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid, para ejercer las competencias de protección civil, seguridad y emergencias atribuidas a la Comunidad de Madrid, con el fin de mejorar la gestión, el impulso, la
coordinación, la integración de los servicios, la respuesta, el apoyo y la supervisión de las
funciones necesarias para su ejercicio.
2. El Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en la disposición adicional primera adscribe la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112 a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
3. El Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 atribuye a la Dirección General de Emergencias en el artículo 3 letras a) y b) la dirección del
Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, la supervisión general de las funciones
que le atribuye el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Madrid aprobado por Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, así como cualquier otra normativa que le sea
de aplicación.
4. Dentro del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, el Grupo Especial
de Rescate en Altura (en adelante GERA), se define en su documento regulador como el
conjunto de profesionales formados, equipados y entrenados para realizar búsquedas en
medio natural, realizar rescates en medio montañoso, en medio natural de difícil acceso y
en estructuras artificiales excepcionalmente complicadas, y resolver emergencias relacio-
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