D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250315-14)
Convenio – Convenio de 28 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación “I’M +” para 2025, para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de negocios (incentivos)
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BOCM
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 63
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
14
CONVENIO de 28 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación “I’M +” para 2025, para el posicionamiento de la Comunidad de
Madrid como destino turístico de negocios (incentivos).
En Madrid, a 28 de febrero de 2025.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Laura Martínez Cerro, en su calidad de Directora General de Turismo y Hostelería de la Comunidad de Madrid en nombre y representación la Comunidad
de Madrid, nombrada mediante Decreto 26/2024, de 17 de abril, del Consejo de Gobierno
y, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7/12/23), por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, así
como, en la normativa competencial que justifica su intervención en concreto el artículo 9
de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y
se desconcentra el Protectorado de Fundaciones en su relación con el artículo 41 a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
modificada por la Orden 596/2023, de 9 de mayo.
De otra parte, D. Juan Ignacio Collado Sanz, actuando en representación de la Asociación I’M + con CIF G-01943893 y domicilio en Madrid, paseo de la Castellana, número 121,
esc. der. 4.o B, en su condición de presidente de conformidad con sus Estatutos y el acuerdo de la Asamblea General ratificada el 14 de marzo de 2024.
Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para obligarse mediante el presente convenio y a tal efecto,
I. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero,
corresponde a esta la competencia exclusiva en materia de materia de promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.
La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de
Madrid, en su Título III, Capítulo II, se refiere a la promoción de turismo como el conjunto
de actividades y medios a través de los cuales la Consejería competente en materia de turismo favorece la demanda de servicios turísticos en la Comunidad de Madrid y apoya la comercialización de los productos turísticos regionales en el ámbito nacional e internacional.
Entre las competencias que tiene atribuida la Dirección General de Turismo y Hostelería mediante Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, están, entre
otras, las de coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y su
sostenibilidad; la elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción
de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora, así
como la promoción del sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional.
II. Que la Estrategia de Turismo de la Comunidad de Madrid 2023-2026 fija entre
otros objetivos el posicionamiento y notoriedad del destino Comunidad de Madrid como
destino MICE (reuniones, incentivos, conferencia.) estableciendo entre sus líneas de actuación el desarrollo de actuaciones de promoción y comercialización turística que permita la
mejora del posicionamiento de este producto en la Comunidad de Madrid impulsando el desarrollo en su territorio del turismo de reuniones e incentivos que a su vez contribuye a la
desestacionalización y descentralización de la actividad turística en la región.
BOCM-20250315-14
EXPONEN
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 63
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
14
CONVENIO de 28 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación “I’M +” para 2025, para el posicionamiento de la Comunidad de
Madrid como destino turístico de negocios (incentivos).
En Madrid, a 28 de febrero de 2025.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Laura Martínez Cerro, en su calidad de Directora General de Turismo y Hostelería de la Comunidad de Madrid en nombre y representación la Comunidad
de Madrid, nombrada mediante Decreto 26/2024, de 17 de abril, del Consejo de Gobierno
y, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7/12/23), por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, así
como, en la normativa competencial que justifica su intervención en concreto el artículo 9
de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y
se desconcentra el Protectorado de Fundaciones en su relación con el artículo 41 a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
modificada por la Orden 596/2023, de 9 de mayo.
De otra parte, D. Juan Ignacio Collado Sanz, actuando en representación de la Asociación I’M + con CIF G-01943893 y domicilio en Madrid, paseo de la Castellana, número 121,
esc. der. 4.o B, en su condición de presidente de conformidad con sus Estatutos y el acuerdo de la Asamblea General ratificada el 14 de marzo de 2024.
Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para obligarse mediante el presente convenio y a tal efecto,
I. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero,
corresponde a esta la competencia exclusiva en materia de materia de promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.
La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de
Madrid, en su Título III, Capítulo II, se refiere a la promoción de turismo como el conjunto
de actividades y medios a través de los cuales la Consejería competente en materia de turismo favorece la demanda de servicios turísticos en la Comunidad de Madrid y apoya la comercialización de los productos turísticos regionales en el ámbito nacional e internacional.
Entre las competencias que tiene atribuida la Dirección General de Turismo y Hostelería mediante Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, están, entre
otras, las de coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y su
sostenibilidad; la elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción
de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora, así
como la promoción del sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional.
II. Que la Estrategia de Turismo de la Comunidad de Madrid 2023-2026 fija entre
otros objetivos el posicionamiento y notoriedad del destino Comunidad de Madrid como
destino MICE (reuniones, incentivos, conferencia.) estableciendo entre sus líneas de actuación el desarrollo de actuaciones de promoción y comercialización turística que permita la
mejora del posicionamiento de este producto en la Comunidad de Madrid impulsando el desarrollo en su territorio del turismo de reuniones e incentivos que a su vez contribuye a la
desestacionalización y descentralización de la actividad turística en la región.
BOCM-20250315-14
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