Ciempozuelos (BOCM-20250314-67)
Personal. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 62

c) Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en la categoría inmediata
inferior a la que se pretenda promocionar.
d) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachillerato, Técnico o
equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que
acredite, en su caso, la homologación.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de
las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial.
2.2 Plazo.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán de poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo
hasta la toma de posesión del puesto. Deberán acreditarse con anterioridad a su nombramiento. No
obstante, a lo anterior, en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal podrá requerir a las
personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En
caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúne uno o varios requisitos, el
Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso
selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as,
comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud
de participación a los efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse
los recursos administrativos que procedan. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso
selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de las tareas y funciones habituales de la categoría
objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual
será evacuado en el plazo máximo de 10 días y tendrá el carácter determinante de resolver. De esta
actuación se dará conocimiento al/a interesado/a, al objeto de que pueda formular las alegaciones
que estime oportunas. Si el contenido del dictamen se deprende que el/la aspirante carece de
capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de
exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente el/la aspirante podrá continuar
participando condicionadamente en el proceso selectivo.
TERCERA.- INSTANCIAS.
3.1. Forma, plazo y lugar de presentación.
Las instancias solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo, cuyo modelo se
facilitará gratuitamente en el Excmo. Ayuntamiento de Ciempozuelos y será publicado en el Tablón
de anuncios alojado en la Sede Electrónica Municipal (sede.ayto-ciempozuelos.org), y en la página
web municipal (www.ayto-ciempozuelos.org), serán dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta y en ella
los/as interesados/as aspirantes harán constar que reúnen todos los requisitos exigidos para tomar
parte en las pruebas selectivas.
Se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento, en el
plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 (Plaza
de la Constitución 9, teléfono 918 930 004). También podrán presentarse en la forma que determina
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
El hecho de presentar la instancia implicará la autorización del candidato a la exposición de
sus datos personales.

Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes,
las personas aspirantes manifestarán en sus instancias de participación que reúnen todos y cada
uno de los requisitos exigidos tal y como se establecen en la Base 2, adjuntando la siguiente
documentación:
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Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
Autorización, debidamente firmada, para someterse a las pruebas médicas que sean
necesarias, a efectos de comprobar la aptitud médica de los mismo según los criterios
establecidos en estas Bases. Dicha autorización se ajustará al modelo recogido en el Anexo
III.
Fotocopia simple de la titulación académica oficial a que se refieren los requisitos generales
de las bases de la convocatoria.

BOCM-20250314-67

3.2. Documentación que debe adjuntarse a la instancia.