Las Rozas de Madrid (BOCM-20250313-44)
Urbanismo. Estatutos Junta Compensación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 61
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
LAS ROZAS DE MADRID
URBANISMO
La Junta de Gobierno local en sesión ordinaria, celebrada el día 21 de febrero de 2025,
adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar inicialmente la propuesta de Estatutos y de Bases de Actuación de
la Junta de Compensación en constitución de la Unidad de Ejecución XV-1 Peri La Granja
del vigente P. G. O. U. de Las Rozas de Madrid para la referenciada Unidad de Ejecución.
Segundo.—Ordenar la publicación del presente Acuerdo y de los referidos Proyectos de
Estatutos y de Bases de Actuación de la Junta de Compensación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, así como someter este acuerdo y dichos Proyectos a información pública para la presentación de alegaciones durante el plazo de veinte días, contados a
partir del siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero.—Notificar personal e individualmente este Acuerdo a todos los propietarios
afectados por el sistema de actuación, para que durante el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, puedan consultar y examinar los proyectos
aprobados inicialmente y formular cuantas alegaciones estimen oportunas.
Los propietarios no adheridos a la Junta en constitución deberán decidir durante dicho plazo si participan o no en la gestión del sistema, optando por alguna de las siguientes alternativas:
a) Participar en la gestión del sistema adhiriéndose a la Junta de Compensación, en
constitución, y asumiendo los costes de urbanización y los de gestión que les correspondan. A tal efecto podrán optar entre abonar las cantidades que por tal concepto les sean giradas o aportar, tras la reparcelación, parte del aprovechamiento
lucrativo, de la edificabilidad o de las fincas resultantes que deban ser adjudicadas.
b) No participar en la gestión del sistema, renunciando a su derecho a integrarse en la Junta de Compensación y solicitando la expropiación del suelo y otros bienes y derechos
que estuvieran afectos a la gestión del sector o unidad de ejecución de que se trate.
ESTATUTOS Y BASES
ESTATUTOS
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1. Constitución, denominación y régimen legal.—1. Con la denominación de Junta de
Compensación “La Granja”, se constituye una Entidad Urbanística Colaboradora integrada por
los miembros descritos en el artículo 8 de estos Estatutos.
Artículo 2. Ámbito territorial.—El ámbito territorial de actuación de la Junta de Compensación es
la Unidad de Ejecución UE XV-1 “La Granja” de la Revisión del Plan General de Ordenación
Urbana de Las Rozas aprobado definitivamente por acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid de 1 de diciembre de 1994.
Artículo 3. Domicilio.—1. La Junta de Compensación tiene su domicilio legal en Madrid, C/ Eloy
Gonzalo, 36 -escalera izquierda, 1º izquierda-, CP 28010 que podrá ser trasladado dentro de la
misma Comunidad de Madrid por acuerdo de la Asamblea General con notificación al
Ayuntamiento para su posterior constancia en el Registro de Entidades Urbanísticas
Colaboradoras de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20250313-44
2. La Junta de Compensación como Entidad Urbanística Colaboradora, tendrá naturaleza
administrativa, personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica desde su inscripción en el
Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad Autónoma de Madrid y se
regirá por lo dispuesto en los presentes Estatutos, sin perjuicio de lo establecido en la legislación
urbanística, estatal o autonómica, aplicable.
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 61
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
LAS ROZAS DE MADRID
URBANISMO
La Junta de Gobierno local en sesión ordinaria, celebrada el día 21 de febrero de 2025,
adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar inicialmente la propuesta de Estatutos y de Bases de Actuación de
la Junta de Compensación en constitución de la Unidad de Ejecución XV-1 Peri La Granja
del vigente P. G. O. U. de Las Rozas de Madrid para la referenciada Unidad de Ejecución.
Segundo.—Ordenar la publicación del presente Acuerdo y de los referidos Proyectos de
Estatutos y de Bases de Actuación de la Junta de Compensación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, así como someter este acuerdo y dichos Proyectos a información pública para la presentación de alegaciones durante el plazo de veinte días, contados a
partir del siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero.—Notificar personal e individualmente este Acuerdo a todos los propietarios
afectados por el sistema de actuación, para que durante el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, puedan consultar y examinar los proyectos
aprobados inicialmente y formular cuantas alegaciones estimen oportunas.
Los propietarios no adheridos a la Junta en constitución deberán decidir durante dicho plazo si participan o no en la gestión del sistema, optando por alguna de las siguientes alternativas:
a) Participar en la gestión del sistema adhiriéndose a la Junta de Compensación, en
constitución, y asumiendo los costes de urbanización y los de gestión que les correspondan. A tal efecto podrán optar entre abonar las cantidades que por tal concepto les sean giradas o aportar, tras la reparcelación, parte del aprovechamiento
lucrativo, de la edificabilidad o de las fincas resultantes que deban ser adjudicadas.
b) No participar en la gestión del sistema, renunciando a su derecho a integrarse en la Junta de Compensación y solicitando la expropiación del suelo y otros bienes y derechos
que estuvieran afectos a la gestión del sector o unidad de ejecución de que se trate.
ESTATUTOS Y BASES
ESTATUTOS
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1. Constitución, denominación y régimen legal.—1. Con la denominación de Junta de
Compensación “La Granja”, se constituye una Entidad Urbanística Colaboradora integrada por
los miembros descritos en el artículo 8 de estos Estatutos.
Artículo 2. Ámbito territorial.—El ámbito territorial de actuación de la Junta de Compensación es
la Unidad de Ejecución UE XV-1 “La Granja” de la Revisión del Plan General de Ordenación
Urbana de Las Rozas aprobado definitivamente por acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid de 1 de diciembre de 1994.
Artículo 3. Domicilio.—1. La Junta de Compensación tiene su domicilio legal en Madrid, C/ Eloy
Gonzalo, 36 -escalera izquierda, 1º izquierda-, CP 28010 que podrá ser trasladado dentro de la
misma Comunidad de Madrid por acuerdo de la Asamblea General con notificación al
Ayuntamiento para su posterior constancia en el Registro de Entidades Urbanísticas
Colaboradoras de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20250313-44
2. La Junta de Compensación como Entidad Urbanística Colaboradora, tendrá naturaleza
administrativa, personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica desde su inscripción en el
Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad Autónoma de Madrid y se
regirá por lo dispuesto en los presentes Estatutos, sin perjuicio de lo establecido en la legislación
urbanística, estatal o autonómica, aplicable.