C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250313-15)
Plan estratégico subvenciones – Orden 572/2025, de 27 de febrero, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio en el ámbito de las becas y ayudas al estudio en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 61
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MARZO DE 2025
B) Coste presupuestario.
Para la financiación de estas becas se dispondrá para cada curso escolar de una total
de 67.338.015 euros, con cargo a al Programa 323M “Educación Concertada, Becas
y Ayudas al Estudio”, subconcepto 48399, correspondiendo 30.608.189 euros a los
meses de septiembre a enero y 36.729.826 euros, a los meses de febrero a julio.
C) Fuente de financiación.
Se financia exclusivamente con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, a través del Programa 323M “Educación Concertada, Becas y
Ayudas al Estudio”, subconcepto 48399.
D) Plazo.
Cursos académicos 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028.
E) Efectos.
El principal efecto perseguido es el cumplimiento de los objetivos generales y específico planteados. Se estima la concesión de aproximadamente 33.860 becas
para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada en cada uno de los cursos.
F) Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados.
Con carácter general los indicadores serán de tipo cuantitativo y cualitativo:
1. Indicadores cuantitativos:
• Población menor de tres años en el año de referencia 2024.
• Población menor de tres años escolarizada en centros sostenidos con fondos públicos en el año de referencia 2024.
• Población menor de tres años no escolarizada en centros sostenidos con
fondos públicos en el año de referencia 2024.
• Población menor de tres años cada año siguiente a 2024 hasta 2028.
• Población menor de tres años escolarizada en centros sostenidos con fondos públicos cada año siguiente a 2024 hasta 2028.
• Población menor de tres años no escolarizada en centros sostenidos con
fondos públicos cada año siguiente a 2024 hasta 2028.
2. Indicadores cualitativos:
• Grado de cumplimiento del Plan respecto a los objetivos generales previstos.
• Grado de cumplimiento del Plan respecto al objetivo específico previsto.
G) Medidas correctoras.
A lo largo de la vigencia del presente Plan estratégico, será necesario adaptar los
objetivos del mismo en función de las siguientes medidas correctoras:
— Evolución de la población en general y de la población menor de tres años en
particular.
— Evolución del número de plazas del primer ciclo de Educación Infantil ofertadas en centros públicos.
— Evolución del número de solicitantes en cada convocatoria.
— Evolución del número de centros de titularidad privada que vayan siendo autorizados por la Administración educativa.
— Posibles transferencias de fondos desde la Administración General del Estado.
— Modificación de la cuantía de las ayudas.
H) Evaluación.
La evaluación se basará principalmente en la revisión de los indicadores.
III.2. Becas para el estudio de bachillerato en la Comunidad de Madrid.
A) Objetivo.
Los objetivos generales que se pretenden cumplir son:
— Garantizar el acceso a los estudios de bachillerato en centros privados de su
propia elección a las familias con menos recursos económicos.
— Consolidar la libre elección de centro educativo de las familias de los alumnos
beneficiarios de las becas de bachillerato.
Pág. 79
BOCM-20250313-15
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MARZO DE 2025
B) Coste presupuestario.
Para la financiación de estas becas se dispondrá para cada curso escolar de una total
de 67.338.015 euros, con cargo a al Programa 323M “Educación Concertada, Becas
y Ayudas al Estudio”, subconcepto 48399, correspondiendo 30.608.189 euros a los
meses de septiembre a enero y 36.729.826 euros, a los meses de febrero a julio.
C) Fuente de financiación.
Se financia exclusivamente con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, a través del Programa 323M “Educación Concertada, Becas y
Ayudas al Estudio”, subconcepto 48399.
D) Plazo.
Cursos académicos 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028.
E) Efectos.
El principal efecto perseguido es el cumplimiento de los objetivos generales y específico planteados. Se estima la concesión de aproximadamente 33.860 becas
para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada en cada uno de los cursos.
F) Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados.
Con carácter general los indicadores serán de tipo cuantitativo y cualitativo:
1. Indicadores cuantitativos:
• Población menor de tres años en el año de referencia 2024.
• Población menor de tres años escolarizada en centros sostenidos con fondos públicos en el año de referencia 2024.
• Población menor de tres años no escolarizada en centros sostenidos con
fondos públicos en el año de referencia 2024.
• Población menor de tres años cada año siguiente a 2024 hasta 2028.
• Población menor de tres años escolarizada en centros sostenidos con fondos públicos cada año siguiente a 2024 hasta 2028.
• Población menor de tres años no escolarizada en centros sostenidos con
fondos públicos cada año siguiente a 2024 hasta 2028.
2. Indicadores cualitativos:
• Grado de cumplimiento del Plan respecto a los objetivos generales previstos.
• Grado de cumplimiento del Plan respecto al objetivo específico previsto.
G) Medidas correctoras.
A lo largo de la vigencia del presente Plan estratégico, será necesario adaptar los
objetivos del mismo en función de las siguientes medidas correctoras:
— Evolución de la población en general y de la población menor de tres años en
particular.
— Evolución del número de plazas del primer ciclo de Educación Infantil ofertadas en centros públicos.
— Evolución del número de solicitantes en cada convocatoria.
— Evolución del número de centros de titularidad privada que vayan siendo autorizados por la Administración educativa.
— Posibles transferencias de fondos desde la Administración General del Estado.
— Modificación de la cuantía de las ayudas.
H) Evaluación.
La evaluación se basará principalmente en la revisión de los indicadores.
III.2. Becas para el estudio de bachillerato en la Comunidad de Madrid.
A) Objetivo.
Los objetivos generales que se pretenden cumplir son:
— Garantizar el acceso a los estudios de bachillerato en centros privados de su
propia elección a las familias con menos recursos económicos.
— Consolidar la libre elección de centro educativo de las familias de los alumnos
beneficiarios de las becas de bachillerato.
Pág. 79
BOCM-20250313-15
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