D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250313-34)
Convenio – Convenio de colaboración de 25 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid en materia de sanidad, producción, protección y bienestar animal y por el que se encomienda al COLVEMA la expedición de la Tarjeta de Movimiento Equina (TME)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 122
JUEVES 13 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 61
ANEXO
ACUERDO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para
regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la información
suministrada y creada entre ellas.
Primera. Responsable y encargado del tratamiento
La Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid tendrá
la consideración de Responsable del tratamiento y COLVEMA, tendrá la consideración de
Encargado del tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de
normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio, se realiza
con el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se considerará como una cesión o
comunicación de datos.
Segunda. Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las
definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera. Objeto del convenio de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la entidad COLVEMA, Encargada del tratamiento,
para tratar por cuenta de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación,
Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para colaborar con la
Comunidad de Madrid en las actuaciones en materia de sanidad, producción y protección animal.
El tratamiento de los datos personales comprenderá: recogida / registro / estructuración
/modificación / conservación /consulta / destrucción/ supresión / copia temporal /copia de seguridad.
Cuarta. Identificación de la información afectada
Para la ejecución de las actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este convenio, el
Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la información que se describe a
continuación, correspondiente a la actividad de tratamiento “Registros de Ganadería”, “Registro
Identificación Animales de Compañía, RIAC” y “Veterinarios Colaboradores, VETERCOL”.
- Interesados: Personas físicas o representantes de las jurídicas propietarias de explotaciones
ganaderas, operadores comerciales, establecimientos de productos reproductivos, transportistas y
conductores. Ciudadanos y apoderados.
- Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder:
Datos identificativos: Nombre y apellidos, NIF/NIE/Documento identificativo, dirección postal,
dirección electrónica, firma, firma electrónica, teléfono.
Quinta. Duración
El presente acuerdo tiene una duración coincidente con el periodo de vigencia del convenio suscrito,
sin perjuicio de las obligaciones que, conforme al clausulado del presente acuerdo de convenio
hayan de extenderse más allá de dicho período.
El Encargado del tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información
clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del Tratamiento a efectos de dar
cumplimiento al objeto del convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser revelada
por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente
conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de
BOCM-20250313-34
Sexta. Deber de confidencialidad
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 122
JUEVES 13 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 61
ANEXO
ACUERDO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para
regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la información
suministrada y creada entre ellas.
Primera. Responsable y encargado del tratamiento
La Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid tendrá
la consideración de Responsable del tratamiento y COLVEMA, tendrá la consideración de
Encargado del tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de
normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio, se realiza
con el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se considerará como una cesión o
comunicación de datos.
Segunda. Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las
definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera. Objeto del convenio de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la entidad COLVEMA, Encargada del tratamiento,
para tratar por cuenta de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación,
Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para colaborar con la
Comunidad de Madrid en las actuaciones en materia de sanidad, producción y protección animal.
El tratamiento de los datos personales comprenderá: recogida / registro / estructuración
/modificación / conservación /consulta / destrucción/ supresión / copia temporal /copia de seguridad.
Cuarta. Identificación de la información afectada
Para la ejecución de las actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este convenio, el
Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la información que se describe a
continuación, correspondiente a la actividad de tratamiento “Registros de Ganadería”, “Registro
Identificación Animales de Compañía, RIAC” y “Veterinarios Colaboradores, VETERCOL”.
- Interesados: Personas físicas o representantes de las jurídicas propietarias de explotaciones
ganaderas, operadores comerciales, establecimientos de productos reproductivos, transportistas y
conductores. Ciudadanos y apoderados.
- Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder:
Datos identificativos: Nombre y apellidos, NIF/NIE/Documento identificativo, dirección postal,
dirección electrónica, firma, firma electrónica, teléfono.
Quinta. Duración
El presente acuerdo tiene una duración coincidente con el periodo de vigencia del convenio suscrito,
sin perjuicio de las obligaciones que, conforme al clausulado del presente acuerdo de convenio
hayan de extenderse más allá de dicho período.
El Encargado del tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información
clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del Tratamiento a efectos de dar
cumplimiento al objeto del convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser revelada
por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente
conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de
BOCM-20250313-34
Sexta. Deber de confidencialidad