C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250312-23)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 538/2025, de 25 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 60

BOCM-20250312-23

B) Coste presupuestario.
El crédito destinado a financiar cada convocatoria de los cursos académicos 2024-2025,
correspondientes al ejercicio 2025, será de 6.250 euros.
Podrán convocarse un máximo de 25 Premios Extraordinarios de Educación Primaria.
El premio consistirá en una dotación económica de 250 euros para cada alumno premiado,
que se abonará en el año natural en el que se obtuvo el premio.
C) Fuente de financiación.
Se financia exclusivamente con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid con cargo al Programa 322O y subconcepto 48399.
D) Plazo.
Las convocatorias tendrán carácter anual y coincidirán con el año académico.
E) Efectos.
Los resultados pretendidos se corresponden con el cumplimiento de los objetivos propuestos; es decir, fomentar el esfuerzo y la motivación individual y colectiva del alumno, así
como el reconocimiento de los méritos, basados en el trabajo, en el esfuerzo y la excelencia.
F) Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados.
— Número de premios otorgados.
— Número de alumnos presentados.
— Relación número de alumnos/centro.
— Relación número de premios/centros participantes.
G) Medidas correctoras.
Se analizará el trabajo desarrollado y los resultados obtenidos derivados de los indicadores propuestos, los cuales proporcionarán una adecuada visión para articular las medidas
necesarias para corregir las desviaciones en orden a la consecución de los objetivos.
H) Evaluación.
La propuesta de adjudicación de los premios se realiza por uno o varios tribunales en
cada Dirección de Área Territorial. Cada tribunal contará con un presidente, elegido por la
Dirección de Área Territorial, un vocal y un secretario.
(03/3.283/25)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791