B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20250312-21)
Convocatoria personal investigador – Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Directora-Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), por la que se efectúa la convocatoria para la contratación de personal de actividades científico-técnicas y de apoyo para proyectos específicos de I+D en el IMIDRA
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BOCM
MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 60
12. Serán objeto de contratación de actividad científico-técnica aquellas solicitudes
que obtengan mayor valoración, para cada uno de los contratos recogidos en el anexo I, en
aplicación de los criterios fijados en el anexo II, comparadas las solicitudes dentro de un
mismo plazo limitado y establecida una prelación entre las mismas.
Quinto
Condiciones del contrato
1. Con el solicitante que resulte seleccionado se formalizará un contrato de actividades científico-técnicas de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la innovación.
2. La duración del contrato será de un máximo de 3 años en la categoría profesional
correspondiente a la titulación requerida para cada contrato, conforme la normativa laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid. Las retribuciones para el personal
de actividad científico técnica serán las establecidas en el Convenio Colectivo para el
personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, y, la Ley
General de Presupuestos de la Comunidad de Madrid, en vigor, para un trabajador de la
categoría profesional de:
— Titulado Superior, Grupo I, Nivel 9, Área B, en la Administración de la Comunidad de Madrid, para las plazas cuyo requisito de acceso fuera el título Universitario indicado en el Anexo I (plazas ofertadas número 1, 2, 6 y 7 del citado anexo).
— Técnico Especialista II, Grupo III, Nivel 5, Área B en la Administración de la Comunidad de Madrid, para las plazas cuyo requisito de acceso fuera el título de Formación
Profesional indicado en el Anexo I (plazas ofertadas número 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12
y 13 del citado anexo).
3. Los contratos se ajustarán a lo dispuesto en la resolución de la convocatoria, la
Ley 26/1997, de 26 de diciembre, la Ley 14/2011, de 1 de junio, y, en las demás normas de
general y particular aplicación.
4. El personal con quien se formalice el contrato, ajustará su actividad a las funciones y tareas propias del proyecto de I+D en que se enmarca su contrato.
5. Si con posterioridad a la formalización del contrato, la persona contratada renunciase al mismo, podrá formalizarse un nuevo contrato, previa resolución favorable de la Dirección-Gerencia del IMIDRA, con la persona suplente correspondiente en función de la
puntuación otorgada en el procedimiento de selección, por el tiempo que restaría hasta la
finalización de la duración del contrato inicial.
Sexto
Financiación
La financiación de los contratos de actividades científico-técnicas objeto de esta convocatoria se realizará para cada una de las anualidades previstas, con cargo a la Partida Presupuestaria 64003: “Estudios y proyectos de investigación”, del programa 467A del IMIDRA.
Séptimo
Incorporación del personal seleccionado
El personal seleccionado para cada uno de los contratos de actividades científicotécnicas, deberá incorporarse a partir del 1 de mayo de 2025, en función de la resolución
del proceso selectivo.
Octavo
Recursos
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante este órgano, conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial pertinente, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución, de
conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Firmado en Madrid, a 10 de marzo de 2025.—La Directora-Gerente del Instituto
Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), Mónica
Martínez Castañeda.
BOCM-20250312-21
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 60
12. Serán objeto de contratación de actividad científico-técnica aquellas solicitudes
que obtengan mayor valoración, para cada uno de los contratos recogidos en el anexo I, en
aplicación de los criterios fijados en el anexo II, comparadas las solicitudes dentro de un
mismo plazo limitado y establecida una prelación entre las mismas.
Quinto
Condiciones del contrato
1. Con el solicitante que resulte seleccionado se formalizará un contrato de actividades científico-técnicas de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la innovación.
2. La duración del contrato será de un máximo de 3 años en la categoría profesional
correspondiente a la titulación requerida para cada contrato, conforme la normativa laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid. Las retribuciones para el personal
de actividad científico técnica serán las establecidas en el Convenio Colectivo para el
personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, y, la Ley
General de Presupuestos de la Comunidad de Madrid, en vigor, para un trabajador de la
categoría profesional de:
— Titulado Superior, Grupo I, Nivel 9, Área B, en la Administración de la Comunidad de Madrid, para las plazas cuyo requisito de acceso fuera el título Universitario indicado en el Anexo I (plazas ofertadas número 1, 2, 6 y 7 del citado anexo).
— Técnico Especialista II, Grupo III, Nivel 5, Área B en la Administración de la Comunidad de Madrid, para las plazas cuyo requisito de acceso fuera el título de Formación
Profesional indicado en el Anexo I (plazas ofertadas número 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12
y 13 del citado anexo).
3. Los contratos se ajustarán a lo dispuesto en la resolución de la convocatoria, la
Ley 26/1997, de 26 de diciembre, la Ley 14/2011, de 1 de junio, y, en las demás normas de
general y particular aplicación.
4. El personal con quien se formalice el contrato, ajustará su actividad a las funciones y tareas propias del proyecto de I+D en que se enmarca su contrato.
5. Si con posterioridad a la formalización del contrato, la persona contratada renunciase al mismo, podrá formalizarse un nuevo contrato, previa resolución favorable de la Dirección-Gerencia del IMIDRA, con la persona suplente correspondiente en función de la
puntuación otorgada en el procedimiento de selección, por el tiempo que restaría hasta la
finalización de la duración del contrato inicial.
Sexto
Financiación
La financiación de los contratos de actividades científico-técnicas objeto de esta convocatoria se realizará para cada una de las anualidades previstas, con cargo a la Partida Presupuestaria 64003: “Estudios y proyectos de investigación”, del programa 467A del IMIDRA.
Séptimo
Incorporación del personal seleccionado
El personal seleccionado para cada uno de los contratos de actividades científicotécnicas, deberá incorporarse a partir del 1 de mayo de 2025, en función de la resolución
del proceso selectivo.
Octavo
Recursos
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante este órgano, conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial pertinente, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución, de
conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Firmado en Madrid, a 10 de marzo de 2025.—La Directora-Gerente del Instituto
Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), Mónica
Martínez Castañeda.
BOCM-20250312-21
Pág. 84
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