B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20250312-21)
Convocatoria personal investigador –  Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Directora-Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), por la que se efectúa la convocatoria para la contratación de personal de actividades científico-técnicas y de apoyo para proyectos específicos de I+D en el IMIDRA
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 60

vestigación y requiere para su desarrollo seguir las pautas metodológicas adecuadas en forma de proyectos o contratos de I+D+I.
Una vez identificadas las necesidades y asegurados los recursos suficientes, corresponde a la Dirección-Gerencia del IMIDRA la contratación de personal para su formación
científica y técnica, conforme a lo previsto en el artículo 13.2 f) de la Ley 1/1984 de 19 de
enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, y, en el
artículo 11 de la citada Ley 26/1997 de 26 de diciembre. A la vista de lo todo lo anterior,
RESUELVO
Primero
Convocatoria y requisitos de los solicitantes
1. Se convocan las contrataciones laborales de personal para actividades científicotécnicas vinculados a los proyectos específicos de investigación que figuran en el anexo I,
y que estarán financiados con fondos propios del IMIDRA.
Las contrataciones tendrán una duración máxima de tres años y se realizarán bajo la
modalidad de contrato de actividades científico-técnicas, de acuerdo con el artículo 20.1.d)
de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
2. Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de otro Estado en los términos del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
d) Estar en posesión del título requerido conforme al Anexo I de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado Universitario, Diplomatura, Arquitectura Técnica,
Ingeniería Técnica, Grado, Máster Universitario o título de Formación Profesional de Grado Superior.
e) Reunir los requisitos que, para cada uno de los contratos, se recogen en el anexo I
de esta resolución.
Segundo
1. La solicitud para tomar parte en el procedimiento de selección se ajustará al modelo, de uso obligatorio, que figura en el Anexo III de esta convocatoria y que figura en el
modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de
Madrid, en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid y deberá dirigirse al Registro
Auxiliar del IMIDRA, sito en Finca Experimental “El Encín” de Alcalá de Henares, con código de unidad: 10UN353 en registro de documentación de la Comunidad de Madrid, o,
desde un registro de otra Administración con código de Unidad: O00000959.
2. Los interesados deberán proceder conforme a lo establecido en los artículos 14.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que en concreto establece que el solicitante persona física podrá, a su
elección, realizar la solicitud y presentación de documentos presencialmente o por medios
electrónicos.
3. La solicitud y resto de documentación podrá presentarse en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en el portal
de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid ; o, en cualquier otro de los establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

BOCM-20250312-21

Solicitudes y plazo de presentación