Madrid (BOCM-20250311-43)
Régimen económico. Distrito de Villaverde. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 59

Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
La solicitud de la subvención se realizará a través del modelo que figura como “Solicitud de subvención”, acompañado de los anexos correspondientes, que se adjuntan a la
presente convocatoria.
Para la modalidad de “Proyectos”, junto a la solicitud de subvención, se acompañará
una memoria explicativa del proyecto, conforme al modelo que figura como “Anexo I, Memoria explicativa del proyecto”, además de toda aquella documentación que corresponda
según lo estipulado en esta convocatoria.
Para la modalidad de “Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”,
junto a la solicitud de subvención, se acompañará una memoria sobre la pertinencia del gasto, conforme al modelo que figura como “Anexo II, Memoria sobre pertinencia del gasto”
y un presupuesto estimado de los conceptos para los que solicita subvención, además de
toda la documentación que corresponda según lo estipulado en esta convocatoria.
Límites:
En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad solicitante podrá presentar 1 proyecto a esta convocatoria. No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere 25.000 euros, y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 10.000 euros, impuestos indirectos incluidos.
El plazo máximo de ejecución de los proyectos y actividades subvencionadas será de un
año, comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
En la modalidad de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios no serán financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual. En ningún caso podrán
imputarse a estas subvenciones los gastos de funcionamiento cuando estén asociados a locales o inmuebles que hayan sido cedidos gratuitamente por el Ayuntamiento de Madrid a
la entidad. A los efectos de determinación del domicilio social u otros espacios no se considerará el domicilio particular de cualquier miembro de la asociación.
La cuantía solicitada para la modalidad de gastos de alquiler y funcionamiento de la
sede social u otros espacios (suministro eléctrico, de agua, de gas, de teléfono, de conexión
a internet, cánones por hosting y licencias de acceso a plataformas tecnológicas que faciliten el trabajo en red, así como, gastos por seguros sobre el inmueble o de responsabilidad
civil que suscriba la entidad a su nombre para la cobertura de los riesgos derivados de la actividad propia de aquella), no podrá ser superior a 2.000 euros. Serán desestimadas las solicitudes cuya cuantía solicitada sea superior al límite anteriormente expresado. Se aportará el presupuesto anual estimado.
Si se solicita subvención para gastos de adquisición de equipamiento, mobiliario y
equipos informáticos (ordenador, CPU, teclado, ratón, monitor e impresoras), las entidades
habrán de consignar en la solicitud el presupuesto o facturas pro-forma de los gastos estimados, impuestos incluidos, de cada uno de los conceptos para los que se solicita subvención. Las solicitudes de subvención cuya cuantía supere este presupuesto serán desestimadas. La cuantía solicitada en este caso no podrá ser superior a 1.500 euros. Las peticiones
de subvención cuya cuantía solicitada sea superior al límite expresado serán desestimadas.
Las subvenciones obtenidas en el marco de esta convocatoria serán compatibles con la
percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados nacionales, de
la Unión Europea o de organismos internacionales, y podrán prever mecanismos específicos de verificación para comprobar el cumplimiento efectivo de las condiciones de compatibilidad o incompatibilidad establecidas. No obstante, la percepción de subvenciones con
cargo a esta convocatoria no será compatible con la obtención de subvenciones nominativas incluidas en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para el año 2025 ni con subvenciones convocadas por el Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y
Emergencias para la misma finalidad.
Madrid, a 25 de febrero de 2025.—El concejal-presidente del Distrito de Villaverde, Orlando Chacón Tabares.
(03/3.478/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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