C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250311-17)
Disolución Mancomunidad –  Orden de 25 de febrero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se toma razón, se declara y se da publicidad a la disolución de la Mancomunidad de Servicios Múltiples Navalafuente-Valdemanco
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 59

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MARZO DE 2025

Pág. 75

Si bien, dicha competencia se encuentra delegada en la Dirección General de Reequilibrio Territorial, de conformidad con lo previsto en el apartado decimocuarto.1.d) de la Orden de 20 de febrero de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de distintas
materias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones,
DISPONGO
Primero
Tomar razón de los acuerdos adoptados con el voto favorable de la mayoría absoluta
del número legal de miembros de las corporaciones de los municipios integrantes de la
Mancomunidad de Servicios Múltiples Navalafuente-Valdemanco.
Segundo
Declarar disuelta la Mancomunidad de Servicios Múltiples Navalafuente-Valdemanco y dar publicidad de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, a todos los efectos.
Tercero

BOCM-20250311-17

Notificar esta Orden a los/las Alcaldes/as-Presidentes/as de los municipios mancomunados.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración
local, de la Comunidad de Madrid, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación y/o publicación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, de acuerdo
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Madrid, a 25 de febrero de 2025.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, P. D. (Orden de 20 de febrero de 2024), el Director General de Reequilibrio
Territorial, Javier Carazo Gil.
(03/3.502/25)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791