D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250310-36)
Convenio –  Convenio de cooperación educativa de 21 de febrero de 2025, entre la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 58

considerado como grave, conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera. Causas
de resolución del convenio.
12. Cualquiera de las partes podrá rescindir el período de prácticas por causas debidamente justificadas.
Cuarta
Obligaciones de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
1. Ofrecer plazas de prácticas indicando la oferta específica para cada centro o servicio, atendiendo a sus posibilidades, teniendo como criterio que no se altere el funcionamiento normal de los centros y servicios.
2. Informar al estudiante de la organización y funcionamiento del centro o servicio
y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
3. Nombrar un profesional-tutor responsable del programa de formación del estudiante y encargado de las relaciones con el tutor académico que nombre la Fundación José
Ortega y Gasset-Gregorio Marañón. El profesional-tutor de la Consejería será una persona
vinculada a la misma, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para
realizar una tutela efectiva.
4. Realizar y remitir al tutor académico de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón a la conclusión de las prácticas, un informe final de evaluación según el modelo facilitado por la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón.
5. Emitir al estudiante que lo solicite un documento acreditativo en el que se reconozca el tiempo de prácticas realizado, así como su contenido. Dicho documento será facilitado por el centro o servicio en el que haya realizado las prácticas.
6. Conceder al estudiante, dentro del horario de prácticas, los permisos necesarios
para cumplir con su actividad académica, formativa, de representación y de participación
en la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón.
7. Informar por escrito en el plazo de un día, al responsable académico de las prácticas en la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón, de las incidencias surgidas
durante la realización de las prácticas de los estudiantes, que afecten al normal desarrollo
de las prácticas o a las normas de convivencia del centro o servicio, o que tengan repercusión en la gestión de las obligaciones de la Seguridad Social. El incumplimiento de esta
obligación, será considerado como grave, conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera. Causas de resolución del convenio.
Quinta
La Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón tomará bajo su responsabilidad
y a su cargo las siguientes actuaciones:
a) Elaborar un modelo de Anexo a este convenio para cada período académico de prácticas y por cada Facultad, Centro o Estudio. Dichos documentos deben recoger:
— El programa/proyecto formativo, en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, así como las actividades
formativas que desarrollará y el calendario para cada período de prácticas.
— El número de plazas y los centros y servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para los que se solicita la inclusión de estudiantes,
admitiéndose la posibilidad de variaciones en función de las necesidades y/o
situaciones especiales de ambas instituciones.
b) Designar un tutor o tutores académicos que velarán por el normal desarrollo del
proyecto formativo, que colaborará con el profesional-tutor del centro o servicio
designado por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales en todos
aquellos aspectos que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
c) Reconocer la labor desempeñada por el profesional-tutor del centro o servicio de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, al menos a través de la correspondiente certificación. Podrá proponer que reciban el certificado de “Tutor/a
en Prácticas Externas”, de acuerdo con las condiciones establecidas desde la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón que realizará los trámites necesarios para la obtención del reconocimiento.

BOCM-20250310-36

Obligaciones de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón