D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250308-5)
Convenio –  Convenio de colaboración de 19 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Digitalización) y Founderz Emprendimiento, S. L., en el ámbito del componente 19, inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)” con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation UE, para la formación en inteligencia artificial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 57

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025

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a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir
la de aquél; ser administrador de sociedad o endad interesada, o tener cuesón ligiosa
pendiente con algún interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de
consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los
interesados, con los administradores de endades o sociedades interesadas y también con los
asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como
comparr despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la
representación o el mandato.
c) Tener amistad ínma o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el
apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como tesgo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto,
o haberle prestado en los dos úlmos años servicios profesionales de cualquier po y en
cualquier circunstancia o lugar».
Segundo. Que en el momento de la firma de esta declaración y a la luz de la información obrante en su
poder, no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses
de las indicadas en el arculo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre en su/s
persona/s ninguna causa de abstención del arculo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público que pueda afectar al procedimiento sobre el que se realiza esta declaración.
Tercero. Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de tramitación competente, sin
dilación, cualquier situación que pudiera conocer y producirse en cualquier momento del procedimiento
en curso que pueda generar conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar lugar a
dicho escenario
Cuarto. Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se demuestre que
sea falsa acarreará las consecuencias disciplinarias/administravas/judiciales que establezca la
normava de aplicación.

BOCM-20250308-5

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