D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250308-5)
Convenio –  Convenio de colaboración de 19 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Digitalización) y Founderz Emprendimiento, S. L., en el ámbito del componente 19, inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)” con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation UE, para la formación en inteligencia artificial
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 68

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025

f)

B.O.C.M. Núm. 57

Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente aquellos
relavos a las cláusulas sobre confidencialidad, manteniendo esta confidencialidad, y evitando
revelar la información a toda persona que son sea empleado o subcontratado.

Las partes serán responsables ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus empleados,
voluntarios, subencargados, etc.
La obligación de confidencialidad tendrá carácter indefinido, manteniéndose en vigor con posterioridad
a la finalización por cualquier causa de la relación entre las partes incurriendo en caso contrario en las
responsabilidades previstas en la legislación vigente.
El Encargado será responsable de que su personal, colaboradores, voluntarios y en general, todas las
personas de su responsabilidad que tengan acceso a la información confidencial y a los datos personales
del Responsable, respeten la confidencialidad de la información, así como las obligaciones relavas al
tratamiento de datos de carácter personal, aun después de finalizar su relación con el Encargado,
entendiéndose circunscritas estas obligaciones tanto al ámbito interno de la endad como al ámbito
externo de la misma. Por tanto, el Encargado realizarán cuantas advertencias y suscribirá cuantos
documentos sean necesarios con dichas personas, con el fin de asegurar el cumplimiento de estas
obligaciones, así, como del cumplimiento de las medidas de seguridad correspondientes, incluidas las
que consten en los documentos de seguridad de las dependencias de la Comunidad de Madrid en las
que, en su caso, hubieran de desarrollar su trabajo.
A estos efectos, el Encargado se compromete a llevar un listado del personal autorizado en caso de que,
bajo su criterio, se produzca un incumplimiento de dichos compromisos.
El Encargado mantendrá a disposición del Responsable la documentación acreditava del cumplimiento
de las obligaciones anteriormente señaladas.
Sépma
Obligaciones del encargado del tratamiento
El Encargado del tratamiento asume, junto al resto de los contenidos en el presente acuerdo, las
siguientes obligaciones:

-

Acceder, ulizar y desnar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su
inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá ulizar los datos
para fines propios.
Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del Responsable del tratamiento conforme al
contenido de este convenio y a, en su caso, las instrucciones que le pueda especificar en
concreto. Si el Encargado considera que alguna de las instrucciones recibidas infringe el RGPD,
la LOPDGDD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión Europea
o de los Estados miembros, informara inmediatamente al Responsable

BOCM-20250308-5

-