C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250308-2)
Convenio colectivo – Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Aleatica, S. A .U. (código número 28104012012025)
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BOCM
Pág. 32
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 57
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
2
RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Aleatica, S. A .U. (código número 28104012012025).
Examinado el texto del Convenio Colectivo de la Empresa Aleatica, S. A. U., suscrito por la Comisión Negociadora del mismo, el día 2 de diciembre de 2024, completada la
documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de Convenios colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes
de Igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 a) de dicho Real Decreto,
en el art.90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación
con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General,
RESUELVE
BOCM-20250308-2
1. Inscribir dicho Convenio, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente
depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 21 de febrero de 2025.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.
Pág. 32
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 57
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
2
RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Aleatica, S. A .U. (código número 28104012012025).
Examinado el texto del Convenio Colectivo de la Empresa Aleatica, S. A. U., suscrito por la Comisión Negociadora del mismo, el día 2 de diciembre de 2024, completada la
documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de Convenios colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes
de Igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 a) de dicho Real Decreto,
en el art.90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación
con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General,
RESUELVE
BOCM-20250308-2
1. Inscribir dicho Convenio, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente
depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 21 de febrero de 2025.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.