C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250308-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa 20 Minutos Editora, S. L. U. (Código número 28104001012025)
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BOCM

SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 57

CONVENIO COLECTIVO DE CENTRO DE TRABAJO DE MADRID DE LA EMPRESA
“20 MINUTOS EDITORA, S.L.U” PARA LOS AÑOS 2024 Y 2025
PREÁMBULO
La negociación del presente Convenio ha sido efectuada entre la Empresa 20 Minutos Editora
S.L.U. y la representación unitaria de las personas trabajadoras del Centro de Trabajo de Madrid
formada por el Comité de Empresa de dicho Centro de Trabajo.

CAPITULO I
ÁMBITO, VIGENCIA Y SISTEMA NORMATIVO
Artículo 1.
Ámbito funcional.
1.1
El presente Convenio Colectivo regula las relaciones de trabajo de la Empresa 20 Minutos
Editora, S.L.U., con NIF B-99083966, con las personas trabajadoras del centro de trabajo de
Madrid.
Artículo 2.
Ámbito personal.
2.1
Se regirán por el presente Convenio Colectivo todas las personas trabajadoras que
presten servicios en el centro de trabajo de Madrid de la Empresa 20 Minutos Editora, S.L.U.
2.2
Quedan expresamente excluidos:
(a) Consejeros y personal de Alta Dirección.
(b) Profesionales liberales vinculados por contratos civiles de prestación de servicios.
(c) Asesores.
(d) Los corresponsales o colaboradores que tengan formalizado un contrato civil con 20
Minutos Editora, S.L.U.
(e) Los colaboradores a la pieza que no tengan una relación basada en los principios de
jerarquía, ajenidad y dependencia, ni estén sometidos al control de jornada, tal y como se
define en el presente Convenio Colectivo, independientemente de que mantengan
relación continuada con la Empresa o sus subsidiarias.
(f) Los agentes comerciales o publicitarios que trabajen en 20 Minutos Editora, S.L.U. unidos
a la misma mediante contrato de agencia.
(g) El personal perteneciente a Empresas que tengan formalizado un contrato civil o mercantil
de prestación de servicios con 20 Minutos Editora, S.L.U.
Artículo 3.
Ámbito territorial.
3.1
El presente Convenio es de aplicación a todas las personas trabajadoras contratadas o
adscritas por 20 Minutos Editora, S.L.U., en su centro de trabajo de Madrid, incluidos aquellos que,
aun habiendo sido contratados o estén adscritos al citado centro de trabajo, deban prestar sus
servicios temporalmente, total o parcialmente, fuera del centro de trabajo de Madrid.
Artículo 4.
Vigencia.
4.1
El presente Convenio Colectivo y sus disposiciones entrará en vigor a partir de la fecha de
su publicación, manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025. La revisión salarial que
se derive de los regulado en los artículos 30 y 32 del presente Convenio Colectivo se aplicará con
efectos retroactivos al 1 de enero de 2024.
Artículo 5.
Denuncia y prórroga.
5.1
La denuncia del Convenio podrá efectuarse por cualquiera de las partes firmantes del
mismo, pudiendo formularse dentro de los últimos tres meses de su vigencia o de cualquiera de
sus prórrogas. La denuncia se realizará por escrito y se presentará ante el organismo que en ese
momento sea competente, dándose traslado de la misma a la otra parte.
5.2
De no mediar denuncia expresa del Convenio Colectivo en el plazo límite fijado
anteriormente, el convenio se considerará prorrogado en sus propios términos de año en año y por
año natural.
5.3
En caso de denuncia del Convenio y pérdida su vigencia por expiración de la duración
pactada, se aplicará en régimen de ultra actividad el clausulado del Convenio, salvo lo relativo a
las cláusulas de revisión salarial, las cuales decaerán.
5.4
Transcurridos dieciocho meses desde la denuncia del presente Convenio Colectivo sin
que se haya acordado un nuevo Convenio Colectivo, decaerá plenamente la aplicación del
presente Convenio en régimen de ultra actividad y se aplicará de forma automática, el Convenio
Colectivo del sector correspondiente si lo hubiere, y en caso de que no lo hubiere, la normativa
laboral de aplicación.

BOCM-20250308-1

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