C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250307-12)
Regulación concesión ayudas – Acuerdo de 26 de febrero de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas para el fomento de la actividad comercial en municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 1.000 habitantes
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 64
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 56
6.- Datos tributarios:
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes
documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos al procedimiento.
Autorizo
la
consulta
No autorizo la
consulta y
aporto el
documento
Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
(AEAT)(*)
{
{
Alta en el IAE correspondiente a la actividad en el municipio donde radique la misma
{
{
(*) En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.
El órgano instructor del procedimiento de concesión de la ayuda podrá solicitar, en su caso, informe a la Base
de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) sobre concesiones de otras ayudas para comprobar su
compatibilidad; de acumulación de ayudas de minimis, si las ayudas estuvieran acogidas a un régimen de
minimis; y de inexistencia de sanciones e inhabilitaciones que impidan adquirir la condición de beneficiario
(artículo 24.3 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). Todo ello sin perjuicio de las
declaraciones que deba presentar el solicitante de la ayuda.
7.- Declaraciones responsables y autorizaciones:
Declara no estar incurso en ninguno de los supuestos de las prohibiciones para obtener subvenciones a que se refiere el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Declara que la actividad subvencionable continuará desarrollándose 5 años desde la fecha de pago
Declara que cumple la normativa aplicable para el ejercicio de la actividad
Declara que la ayuda concedida se ajustará a los límites de minimis de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento
(UE) nº 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Declara que la ayuda concedida no superará el límite de 300.000 euros, aplicable a todas las ayudas de minimis
percibidas por este beneficiario en el ejercicio corriente y durante el período de tres años, de acuerdo con el Reglamento
UE número 2023/2013, de la Comisión, de 13 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado
de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas “de mínimis”.
Declara que el establecimiento comercial se mantendrá abierto al público al menos:
Durante diez meses al año, cuatro días a la semana y seis horas al día.
{
Durante diez meses al año, cinco días a la semana y seis horas al día.
{
Concurrencia de Subvenciones. En relación con la actividad por la que presenta la solicitud de subvención:
Declara NO haber presentado solicitud a otras subvenciones hasta el día de la fecha para la misma finalidad
Declara que ha obtenido y/o solicitado de otros organismos o administraciones, otras subvenciones en los tres últimos
ejercicios, hasta el día de la fecha para la misma finalidad y que, en el caso de que el importe de las subvenciones
exceda del coste de la ayuda subvencionada, se acepta la minoración proporcionalmente al exceso de la aportación de
esta administración concedente de la subvención.
Se trata de un fondo
nacional/autonómico/local
Importe. Subvención
concedida
Objeto
Fecha concesión
(dd/mm/aaaa)
Modelo: 3691F1
BOCM-20250307-12
Órgano
concedente
Pág. 64
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 56
6.- Datos tributarios:
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes
documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos al procedimiento.
Autorizo
la
consulta
No autorizo la
consulta y
aporto el
documento
Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
(AEAT)(*)
{
{
Alta en el IAE correspondiente a la actividad en el municipio donde radique la misma
{
{
(*) En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.
El órgano instructor del procedimiento de concesión de la ayuda podrá solicitar, en su caso, informe a la Base
de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) sobre concesiones de otras ayudas para comprobar su
compatibilidad; de acumulación de ayudas de minimis, si las ayudas estuvieran acogidas a un régimen de
minimis; y de inexistencia de sanciones e inhabilitaciones que impidan adquirir la condición de beneficiario
(artículo 24.3 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). Todo ello sin perjuicio de las
declaraciones que deba presentar el solicitante de la ayuda.
7.- Declaraciones responsables y autorizaciones:
Declara no estar incurso en ninguno de los supuestos de las prohibiciones para obtener subvenciones a que se refiere el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Declara que la actividad subvencionable continuará desarrollándose 5 años desde la fecha de pago
Declara que cumple la normativa aplicable para el ejercicio de la actividad
Declara que la ayuda concedida se ajustará a los límites de minimis de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento
(UE) nº 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Declara que la ayuda concedida no superará el límite de 300.000 euros, aplicable a todas las ayudas de minimis
percibidas por este beneficiario en el ejercicio corriente y durante el período de tres años, de acuerdo con el Reglamento
UE número 2023/2013, de la Comisión, de 13 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado
de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas “de mínimis”.
Declara que el establecimiento comercial se mantendrá abierto al público al menos:
Durante diez meses al año, cuatro días a la semana y seis horas al día.
{
Durante diez meses al año, cinco días a la semana y seis horas al día.
{
Concurrencia de Subvenciones. En relación con la actividad por la que presenta la solicitud de subvención:
Declara NO haber presentado solicitud a otras subvenciones hasta el día de la fecha para la misma finalidad
Declara que ha obtenido y/o solicitado de otros organismos o administraciones, otras subvenciones en los tres últimos
ejercicios, hasta el día de la fecha para la misma finalidad y que, en el caso de que el importe de las subvenciones
exceda del coste de la ayuda subvencionada, se acepta la minoración proporcionalmente al exceso de la aportación de
esta administración concedente de la subvención.
Se trata de un fondo
nacional/autonómico/local
Importe. Subvención
concedida
Objeto
Fecha concesión
(dd/mm/aaaa)
Modelo: 3691F1
BOCM-20250307-12
Órgano
concedente