Alcobendas (BOCM-20250307-42)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 56
Los documentos expedidos relativos a experiencia y formación se presentarán debidamente
firmados por el Departamento de Gestión de Talento (Recursos Humanos). En caso contrario no
serán considerados a la hora de realizar la valoración por parte de la Comisión.
Toda aquella documentación que no se encuentre en poder del Ayuntamiento de Alcobendas, si la
persona interesada no la aporta, no será tenida en cuenta en la valoración, aunque se haya hecho
alusión a la misma en la Autobaremación de méritos dentro de la Convocatoria.
BASE 10ª.- COMISIÓN DE VALORACIÓN
La Comisión de Valoración propuesta por la Dirección General de Gestión de Talento tendrá un
número de miembros impar y estará compuesta por:
x
Presidencia
Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento
x
Secretaría
Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento
x
3 Vocales
Tres funcionarios/as de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento de los que, al menos
uno, corresponderá al Área destinataria del puesto.
Para cada miembro de la Comisión de Valoración se designará a un suplente.
Podrán asistir a las sesiones de la Comisión de Valoración, un representante de cada uno de los
grupos políticos, así como los representantes sindicales y en ambos casos como observadores, con
voz, pero sin voto.
BASE 11ª.- CALIFICACIÓN
La Comisión de Valoración examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos
méritos que hayan sido justificados documentalmente y de acuerdo con el baremo recogido en la
Base 8ª.
Finalizada la valoración de méritos, la Comisión de Valoración publicará la relación de puntuaciones
provisionales, ordenadas de mayor a menor, abriéndose UN PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES
para la presentación de alegaciones.
Transcurrido el plazo citado y resueltas las reclamaciones presentadas, la Comisión de Valoración
hará público el resultado con las puntuaciones definitivas obtenidas por las personas aspirantes,
ordenadas de mayor a menor puntuación.
En caso de empate en la puntuación final, se aplicarán los siguientes criterios:
1º En primer lugar, la persona que tenga más puntuación en el apartado de
EXPERIENCIA.
2º En segundo lugar, la persona con mayor antigüedad en la fecha de nombramiento
como funcionario/a de carrera en la Institución.
3º Si aun así continúa el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido
de las personas aspirantes empatadas, de conformidad con la letra que se determine en el
sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a
que se refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”. De
persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo apellido,
y de seguir persistiendo a la del nombre. La letra que regirá será la que esté vigente a fecha
de publicación de la convocatoria en el BOE.
BASE 12ª.- RESOLUCIÓN
La Comisión de Valoración elevará al órgano competente la propuesta de resolución del concurso,
proponiendo el nombramiento de la persona aspirante que hubiera obtenido la mayor puntuación en
el puesto convocado. Esta resolución se hará pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, la
Intranet Municipal y en la propia convocatoria https://alcobendas.convoca.online/.
BOCM-20250307-42
Durante todo el proceso la Comisión de Valoración podrá recabar formalmente a las personas
interesadas las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para
la comprobación de los méritos alegados.
Pág. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 56
Los documentos expedidos relativos a experiencia y formación se presentarán debidamente
firmados por el Departamento de Gestión de Talento (Recursos Humanos). En caso contrario no
serán considerados a la hora de realizar la valoración por parte de la Comisión.
Toda aquella documentación que no se encuentre en poder del Ayuntamiento de Alcobendas, si la
persona interesada no la aporta, no será tenida en cuenta en la valoración, aunque se haya hecho
alusión a la misma en la Autobaremación de méritos dentro de la Convocatoria.
BASE 10ª.- COMISIÓN DE VALORACIÓN
La Comisión de Valoración propuesta por la Dirección General de Gestión de Talento tendrá un
número de miembros impar y estará compuesta por:
x
Presidencia
Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento
x
Secretaría
Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento
x
3 Vocales
Tres funcionarios/as de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento de los que, al menos
uno, corresponderá al Área destinataria del puesto.
Para cada miembro de la Comisión de Valoración se designará a un suplente.
Podrán asistir a las sesiones de la Comisión de Valoración, un representante de cada uno de los
grupos políticos, así como los representantes sindicales y en ambos casos como observadores, con
voz, pero sin voto.
BASE 11ª.- CALIFICACIÓN
La Comisión de Valoración examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos
méritos que hayan sido justificados documentalmente y de acuerdo con el baremo recogido en la
Base 8ª.
Finalizada la valoración de méritos, la Comisión de Valoración publicará la relación de puntuaciones
provisionales, ordenadas de mayor a menor, abriéndose UN PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES
para la presentación de alegaciones.
Transcurrido el plazo citado y resueltas las reclamaciones presentadas, la Comisión de Valoración
hará público el resultado con las puntuaciones definitivas obtenidas por las personas aspirantes,
ordenadas de mayor a menor puntuación.
En caso de empate en la puntuación final, se aplicarán los siguientes criterios:
1º En primer lugar, la persona que tenga más puntuación en el apartado de
EXPERIENCIA.
2º En segundo lugar, la persona con mayor antigüedad en la fecha de nombramiento
como funcionario/a de carrera en la Institución.
3º Si aun así continúa el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido
de las personas aspirantes empatadas, de conformidad con la letra que se determine en el
sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a
que se refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”. De
persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo apellido,
y de seguir persistiendo a la del nombre. La letra que regirá será la que esté vigente a fecha
de publicación de la convocatoria en el BOE.
BASE 12ª.- RESOLUCIÓN
La Comisión de Valoración elevará al órgano competente la propuesta de resolución del concurso,
proponiendo el nombramiento de la persona aspirante que hubiera obtenido la mayor puntuación en
el puesto convocado. Esta resolución se hará pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, la
Intranet Municipal y en la propia convocatoria https://alcobendas.convoca.online/.
BOCM-20250307-42
Durante todo el proceso la Comisión de Valoración podrá recabar formalmente a las personas
interesadas las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para
la comprobación de los méritos alegados.