Alcobendas (BOCM-20250307-42)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 206

VIERNES 7 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 56

Sólo podrán valorarse méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de presentación
de instancias.
Consideraciones generales
1) De conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007 para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, el tiempo que las aspirantes hayan permanecido
en los permisos y beneficios de protección a la maternidad y a la conciliación de la vida
personal, familiar y laboral, computará en la valoración del trabajo desarrollado.
2) No se puntuarán independientemente méritos profesionales que coincidan en el tiempo,
sino que a cada periodo de tiempo se le aplicará una sola puntuación.
De manera general, se valorará toda la experiencia acumulada, contabilizándose el tiempo
equivalente si la jornada es a tiempo parcial.
3) La experiencia se acreditará mediante el correspondiente NOMBRAMIENTO O
CONTRATO DE TRABAJO, Certificados de empresa y/o Nóminas en la categoría
profesional convocada junto con el informe de la VIDA LABORAL expedido por la Tesorería
General de la Seguridad Social.
En el caso de trabajadores autónomos se debe acreditar estar dado de alta en Hacienda
en Actividades Profesionales relacionadas con el puesto convocado.
4) La formación se acreditará mediante la presentación del correspondiente DIPLOMA O
TÍTULO, en el que deberán estar reflejado el número de horas docentes realizadas y el
contenido de esa formación. No se valorará la formación no acreditada.
En el caso de diferentes versiones o denominaciones de la actividad formativa se tendrá
en cuenta su contenido y solo si queda demostradamente acreditado que existen
denominaciones similares pero contenidos diferentes (tales como los cursos de calidad) se
puntuarán como acciones formativas distintas.
5) Las asignaturas o seminarios que formen parte de la obtención de un título académico no
podrán hacerse valer como cursos de formación.
6) Se valorarán los cursos de idiomas acreditados.
7) Cursos de Ofimática e Informática:
Se valorarán los programas de uso general en el Ayuntamiento de Alcobendas. Los de igual
contenido solo se valorará uno eligiendo el más moderno o en uso por parte del Ayuntamiento
de Alcobendas.
No podrá ser valorado el mismo mérito en más de un apartado.
EXPERIENCIA (máximo 6 puntos) Cada periodo sólo podrá ser valorado una vez.
e) Trabajo desarrollado en el desempeño de puestos administrativos en función del GRADO
PERSONAL CONSOLIDADO en el Ayuntamiento de Alcobendas (máximo 2 puntos)
0,25 puntos/cada 2 años

Nivel CD 18

0,50 puntos/cada 2 años

Nivel CD 21

0,75 puntos/cada 2 años

Trabajo desarrollado en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con la tramitación de
expedientes municipales que requieran experiencia en el manejo de herramientas y
aplicaciones informáticas para la atención al ciudadano en función del GRUPO PROFESIONAL
en el Ayuntamiento de Alcobendas (máximo 2 puntos).
Grupo C, Subgrupo C2

0,25 puntos/trimestre

Grupo C, Subgrupo C1

0,75 puntos/trimestre

g) De manera general se valorará toda la experiencia acumulada en la Administración Pública,
incluida la del Ayuntamiento de Alcobendas y sus Patronatos que no hayan sido valoradas en
los apartados anteriores, contabilizándose el tiempo equivalente si la jornada es a tiempo
parcial.

BOCM-20250307-42

f)

Nivel CD 14