C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250307-14)
Módulos asistencia jurídica gratuita –  Orden de 21 de febrero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se actualizan los módulos y las cuantías relativas a la subvención de los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 56

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41.l) y 50.3, párrafo segundo, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 1 del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre,
DISPONGO
Primero
Actualización
La presente orden tiene por objeto la actualización de los módulos y bases de compensación económica fijados en el Anexo II del Decreto 86/2003, de 19 de junio, de acuerdo a
las siguientes cantidades, todas ellas expresadas en euros:

Asistencia al detenido o preso y víctimas:
— Servicio de guardia: 235,40.
— Servicio de guardia especial (24, 25 y 31 de diciembre y 1, 5, y 6 de enero): 295,40.
Jurisdicción penal:
— Tribunal del jurado: 642,00.
— Penal General: 535,00.
Procedimiento abreviado:
— Cuando finalice por sobreseimiento tras declaración judicial: 214,00.
— Cuando el enjuiciamiento corresponda al Juzgado de lo Penal. 385,20.
— Cuando el enjuiciamiento corresponda a la Audiencia Provincial: 428,00.
Enjuiciamiento rápido:
— Con conformidad o sobreseimiento: 214,00.
— Sin conformidad: 385,20.
— Enjuiciamiento de delitos leves: 214,00.
— Intervención letrada en la Orden de Protección: 85,60.
— Intervención letrada en la Orden de Alejamiento: 85,60.
— Menores: 385,20.
— Expediente de vigilancia penitenciaria: 181,90.
— Doble condición acusación y defensa: 50 por 100 módulo que corresponda al procedimiento.
Jurisdicción Civil:
— Juicio ordinario: 428,00.
— Completo de familia: 428,00.
Liquidación de gananciales:
— Inventario: 321,00.
— Liquidación: 321,00.
— Mutuo acuerdo: 214,00.
— Filiación, paternidad, capacidad: 321,55.
— Menores: 321,55.
— Verbal: 294,25.
— Monitorio: 192,92.
División judicial de patrimonios:
— Inventario: 321,00.
— Liquidación herencia: 321,00.
— Cambiario: 321,55.
— Jurisdicción Voluntaria: 257,23.
— Medidas provisionales familia: 180,00.
— Demanda reconvencional: 50 por 100 adicional al módulo que corresponda al procedimiento.
— Doble condición demandante y demandado: 50 por 100 módulo que corresponda
al procedimiento.

BOCM-20250307-14

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