D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250307-23)
Convenio – Convenio de colaboración de 21 de febrero de 2025, entre la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid y la Asociación Consorcio Red ALASTRIA, para la ejecución conjunta del proyecto “Infraestructura de Servicios Blockchain de España”, enmarcado en el programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025
Pág. 129
18. Conservar los documentos justificativos y documentos contables de la aplicación de
los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, durante un plazo de cinco años a
partir del pago del saldo, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, a tenor de lo establecido en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
Sexta
Presupuesto y aportaciones económicas de las partes
1. El presente convenio se financia mediante aportaciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) NextGenerationEU, con fondos propios de la Comunidad de
Madrid y con aportaciones de ALASTRIA.
2. El presupuesto total asignado para desarrollar las actividades del presente convenio se estipula en un máximo de 8.923.758 euros.
3. La financiación se llevará a cabo en los siguientes términos:
a) La cuantificación económica de la aportación de ALASTRIA, mediante su cartera
de activos, se eleva a la cantidad de 2.185.758 euros, según valoración que se
muestra en el Anexo VI del presente convenio.
b) La aportación de la Comunidad de Madrid asciende a la cantidad de 6.738.000
euros, según la siguiente distribución:
i. Fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)
importan para este proyecto de acuerdo al Componente al que se inscriben:
COMPONENTE MRR
IMPORTE
C13
5.053.500 €
BOCM-20250307-23
Quinta
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Todas las obligaciones que asume la Comunidad de Madrid, como consecuencia del
presente Convenio derivan de forma directa de la Resolución de la Secretaría de Estado e
Inteligencia Artificial por la que se concedió a la Comunidad de Madrid la participación en
el proyecto “Infraestructura de Servicios Blockchain de España (ISBE)”. Las obligaciones
de la Comunidad de Madrid que se asumen con respecto a ALASTRIA son la consecuencia de la colaboración de dicha entidad en la ejecución del proyecto, concretamente en la
realización de los dos paquetes de trabajo mencionados en la cláusula anterior.
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Digitalización, se compromete
a realizar las siguientes actuaciones:
1. Habilitar instrumentos para desarrollo de casos de uso sobre redes basadas en tecnología Blockchain y ponerlos a disposición de las pymes de la Comunidad de Madrid, promoviendo, de esta forma, la transferencia de las innovaciones al tejido empresarial de la región. El desarrollo de casos de uso se impulsará mediante un programa de subvenciones en
concurrencia competitiva simplificada dirigidas a las pymes de la región.
Las citadas subvenciones tendrán un importe estimado de 2.032.220 euros, tal y como
figura en la cláusula sexta de este convenio. Este importe no se percibirá directamente por
Alastria, que no podrá ser beneficiario de esas subvenciones, sino que sirve para el desarrollo de los citados casos de uso que la Comunidad de Madrid se compromete a aportar como
prestación de hacer a este convenio. Por tanto, la valoración económica de esta prestación
se cifra en 2.032.220 euros.
2. Realizar las aportaciones de fondos a ALASTRIA especificados en la cláusula
sexta del presente convenio. 3. Garantizar que las actuaciones que se lleven a cabo respetarán el principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” (principio do
no significant harm - DNSH), para ello la Comunidad de Madrid realizará una autoevaluación del cumplimiento del principio DNSH, según lo establecido en el anexo II de la guía
para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente, elaborada por Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico (MITECO).
3. Garantizar la ausencia de conflicto de interés del personal de la Comunidad de Madrid
que intervenga en el proyecto, mediante la firma de una declaración de ausencia de conflicto de
interés (DACI) según el modelo establecido en el Anexo II del presente convenio.
B.O.C.M. Núm. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025
Pág. 129
18. Conservar los documentos justificativos y documentos contables de la aplicación de
los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, durante un plazo de cinco años a
partir del pago del saldo, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, a tenor de lo establecido en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
Sexta
Presupuesto y aportaciones económicas de las partes
1. El presente convenio se financia mediante aportaciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) NextGenerationEU, con fondos propios de la Comunidad de
Madrid y con aportaciones de ALASTRIA.
2. El presupuesto total asignado para desarrollar las actividades del presente convenio se estipula en un máximo de 8.923.758 euros.
3. La financiación se llevará a cabo en los siguientes términos:
a) La cuantificación económica de la aportación de ALASTRIA, mediante su cartera
de activos, se eleva a la cantidad de 2.185.758 euros, según valoración que se
muestra en el Anexo VI del presente convenio.
b) La aportación de la Comunidad de Madrid asciende a la cantidad de 6.738.000
euros, según la siguiente distribución:
i. Fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)
importan para este proyecto de acuerdo al Componente al que se inscriben:
COMPONENTE MRR
IMPORTE
C13
5.053.500 €
BOCM-20250307-23
Quinta
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Todas las obligaciones que asume la Comunidad de Madrid, como consecuencia del
presente Convenio derivan de forma directa de la Resolución de la Secretaría de Estado e
Inteligencia Artificial por la que se concedió a la Comunidad de Madrid la participación en
el proyecto “Infraestructura de Servicios Blockchain de España (ISBE)”. Las obligaciones
de la Comunidad de Madrid que se asumen con respecto a ALASTRIA son la consecuencia de la colaboración de dicha entidad en la ejecución del proyecto, concretamente en la
realización de los dos paquetes de trabajo mencionados en la cláusula anterior.
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Digitalización, se compromete
a realizar las siguientes actuaciones:
1. Habilitar instrumentos para desarrollo de casos de uso sobre redes basadas en tecnología Blockchain y ponerlos a disposición de las pymes de la Comunidad de Madrid, promoviendo, de esta forma, la transferencia de las innovaciones al tejido empresarial de la región. El desarrollo de casos de uso se impulsará mediante un programa de subvenciones en
concurrencia competitiva simplificada dirigidas a las pymes de la región.
Las citadas subvenciones tendrán un importe estimado de 2.032.220 euros, tal y como
figura en la cláusula sexta de este convenio. Este importe no se percibirá directamente por
Alastria, que no podrá ser beneficiario de esas subvenciones, sino que sirve para el desarrollo de los citados casos de uso que la Comunidad de Madrid se compromete a aportar como
prestación de hacer a este convenio. Por tanto, la valoración económica de esta prestación
se cifra en 2.032.220 euros.
2. Realizar las aportaciones de fondos a ALASTRIA especificados en la cláusula
sexta del presente convenio. 3. Garantizar que las actuaciones que se lleven a cabo respetarán el principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” (principio do
no significant harm - DNSH), para ello la Comunidad de Madrid realizará una autoevaluación del cumplimiento del principio DNSH, según lo establecido en el anexo II de la guía
para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente, elaborada por Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico (MITECO).
3. Garantizar la ausencia de conflicto de interés del personal de la Comunidad de Madrid
que intervenga en el proyecto, mediante la firma de una declaración de ausencia de conflicto de
interés (DACI) según el modelo establecido en el Anexo II del presente convenio.