C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250306-21)
Regulación tránsito La Pedriza – Resolución 202/2025, de 20 de febrero, de la Directora General de Biodiversidad y Gestión Forestal, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se regula el tránsito por viales, el tránsito en las inmediaciones y pie de vía de sectores de escalada y la escalada en los sectores y vías regulados, en el paraje de La Pedriza del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama como medida de protección de especies rupícolas durante su época de cría y reproducción
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 55
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE MARZO DE 2025
Pág. 73
RESUELVO
Primero
Regular la actividad de la escalada en las vías y sectores que se definen en el Anexo I
de esta resolución, donde no se permitirá realizar esta actividad desde el 1 de enero al 31 de
julio de 2025, ambos incluidos.
Segundo
Regular el tránsito por los viales que se definen en el Anexo I de esta resolución, donde no se permitirá realizar esta actividad desde el 1 de enero al 31 de julio de 2025, ambos
incluidos.
Tercero
Establecer un sistema de información al escalador mediante señales en las propias vías
y sectores, señales indicativas en aparcamientos y zonas de acceso, comunicación del personal del parque nacional en Centros de Visitantes y puntos de control de acceso y cuantos
medios de comunicación se puedan articular para que esta regulación sea conocida.
Cuarto
BOCM-20250306-21
La presente Resolución surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 20 de febrero de 2025.—La Directora General de Biodiversidad y Gestión
Forestal, Irene Aguiló Vidal.
B.O.C.M. Núm. 55
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE MARZO DE 2025
Pág. 73
RESUELVO
Primero
Regular la actividad de la escalada en las vías y sectores que se definen en el Anexo I
de esta resolución, donde no se permitirá realizar esta actividad desde el 1 de enero al 31 de
julio de 2025, ambos incluidos.
Segundo
Regular el tránsito por los viales que se definen en el Anexo I de esta resolución, donde no se permitirá realizar esta actividad desde el 1 de enero al 31 de julio de 2025, ambos
incluidos.
Tercero
Establecer un sistema de información al escalador mediante señales en las propias vías
y sectores, señales indicativas en aparcamientos y zonas de acceso, comunicación del personal del parque nacional en Centros de Visitantes y puntos de control de acceso y cuantos
medios de comunicación se puedan articular para que esta regulación sea conocida.
Cuarto
BOCM-20250306-21
La presente Resolución surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 20 de febrero de 2025.—La Directora General de Biodiversidad y Gestión
Forestal, Irene Aguiló Vidal.