Fuenlabrada (BOCM-20250305-50)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 54

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 28 de febrero de 2025 (punto 12), por el que se aprueba la convocatoria de Fuenbecas, para la adquisición de libros de
texto y material didáctico para el curso escolar 2025-2026.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas para
familias con hijos matriculados en alguna de las etapas educativas que se especifican a
continuación durante el curso escolar 2025-2026:
— 2.o ciclo de Educación Infantil (3 a 6 años).
— Educación Primaria.
— Educación Secundaria.
— Educación Especial.
— ACE (Aula de Compensación Educativa).
— FP Básica/PPME.
— FP Ciclo Grado Medio.
— FP Ciclo Grado Superior.
— Bachillerato.
Segundo. Beneficiarios.—Podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:
1. Estar empadronados en Fuenlabrada a 1 de enero de 2025 y continuar empadronados/as hasta la finalización del proceso todas las personas que aparezcan en la
solicitud de beca.
2. La renta del año 2023 de las personas computables al efecto que aparezcan en la
solicitud no podrá superar en ningún caso la cifra de 47.424 euros.
3. Todas las personas computables a efectos de renta consignados en la solicitud deben estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de
Fuenlabrada hasta la resolución definitiva de la convocatoria.
4. Todas las solicitudes deberán estar firmadas por todos los miembros mayores de edad
o que cumplan 18 años en 2025 (nacidos en 2007) que aparezcan en la solicitud.
5. Los alumnos deberán estar matriculados durante el curso escolar 2025-2026 en alguno de los cursos y etapas educativas indicadas en el punto primero.
6. En ningún caso un alumno con expediente abierto de absentismo podrá recibir beca.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Crédito.—El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará para ello una aportación
económica de 1.250.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 6051-326-48901,
cantidad que podrá ser ampliada en 75.000 euros.
Quinto. Plazo de solicitud:
— Desde el 11 al 24 de marzo de 2025, ambos inclusive, deberá cumplimentarse la
solicitud de beca, a través de la página web del Ayuntamiento de Fuenlabrada:
www.ayto-fuenlabrada.es

BOCM-20250305-50

BDNS: 817869