Torrejón de Ardoz (BOCM-20250305-69)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 260

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 54

BOCM-20250305-69

El beneficiario no podrá presentar documentación justificativa emitida por personas o
entidades con las que esté vinculado, salvo que esté autorizado por parte del centro gestor.
El importe justificado con documentación que cumpla con alguna de las características anteriores podrá devenir en el reintegro de dicho importe”.
Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de subvenciones, la definición de los criterios y la regulación del procedimiento aplicable para la concesión de subvenciones en el municipio de Torrejón de Ardoz, de acuerdo con el régimen jurídico definido en la Ley General de Subvenciones, aprobada por Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para la
concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden consultar en la web del Ayuntamiento: https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/inlinefiles/Ordenanza%20y%20bases%20reguladoras%20concesion%20subvenciones.pdf , y
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-48.PDF
Cuarto. Cuantía.—Para el cumplimiento de la finalidad establecida en esta convocatoria se destinará el crédito presupuestario establecido en el presupuesto vigente, aplicación
presupuestaria 050 33000 48000 denominada “Subvenciones Entidades Culturales” por importe máximo de ciento doce mil seiscientos veinticinco euros (112.625,00 euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Los solicitantes, además de la propia
solicitud presentada en la sede electrónica municipal o de cualquiera de las formas previstas
en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indicando el código de la convocatoria de subvenciones a las Entidades
participantes (2025/2025/3/640816/000), la fecha estará comprendida desde el día siguiente
a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el 31 de
marzo de 2025 (ambos inclusive).
Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva, valorándose los proyectos presentados, así como la participación y/o colaboración
en las actividades organizadas por el Ayuntamiento.
El plazo de ejecución de los programas presentados para su subvención será hasta el 31 de
diciembre 2025.
El plazo para la justificación de la subvención será hasta el 31 de enero de 2026.
En Torrejón de Ardoz, a 24 de febrero de 2025.—El alcalde, Alejandro Navarro Prieto.
(03/3.128/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791