Madrid (BOCM-20250305-41)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
Pág. 153
Otorgar la autorización para la realización de pruebas, ensayos de investigación y experiencias piloto en espacios públicos de titularidad municipal en el término municipal de Madrid”.
Siete. En el apartado 22.o, se modifica la letra f) del punto 1.1, se suprime la letra b)
del punto 1.2, que queda sin contenido, y se modifica el punto 2.2, que quedan redactados
en los siguientes términos:
“f) Impulsar y gestionar la Ventanilla Única de Emprendimiento en cuanto se trate de
la agilización de trámites y licencias o el asesoramiento relacionadas con la actividad económica”.
“2.2. Concesiones, autorizaciones y cesiones gratuitas.
Otorgar las autorizaciones de uso de los espacios de los viveros de empresas”.
Ocho. En el apartado 24.o, se añade una letra c) al punto 2, y se modifica el punto 3
que quedan redactados en los siguientes términos:
“c) Gestionar, a través de la habilitación de pagos, los anticipos de caja fija y libramientos a justificar correspondientes al presupuesto del Tribunal EconómicoAdministrativo Municipal de Madrid”.
“3. Registro y atención al ciudadano.
Delegar en el Secretario General del Tribunal Económico Administrativo Municipal
de Madrid el ejercicio de las funciones de registro de solicitudes, escritos y comunicaciones, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos”.
Segundo.—Rectificar los errores advertidos en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, en los términos que se indican a continuación:
Tercero.—Las referencias que los acuerdos, decretos, resoluciones y normas municipales realicen a los órganos que se modifican por este acuerdo, se entenderán realizadas a
los que se crean, sustituyen o asumen sus competencias.
Cuarto.—El titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda adoptará las modificaciones de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo que
resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente acuerdo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1.g) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, por el titular del Área de Gobierno
de Economía, Innovación y Hacienda se procederá, en su caso, a la aprobación de las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias como consecuencia de la estructura orgánica establecida en el presente acuerdo.
Quinto.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la eficacia del presente
acuerdo por órganos distintos de los competentes según el mismo, se seguirán tramitando
y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de
competencias.
Sexto.—Queda sin efecto el Acuerdo de 7 de noviembre de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avoca la competencia de la titular del Área de
Gobierno de Obras y Equipamientos para la realización de actuaciones con las sociedades
de garantía recíproca Avalmadrid, Elkargi, Audiovisual Fianzas e Iberaval, y se delega en
la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
Asimismo, quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
Séptimo.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Octavo.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda a dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y la ejecución del presente acuerdo.
BOCM-20250305-41
Uno. En el apartado 8.o, donde dice “14” debe decir “12”, y donde dice “15” debe
decir “13”.
Dos. En el apartado 10.o, donde dice “Análisis socio-económico de la ciudad” debe
decir “Análisis socioeconómico de la ciudad”.
Tres. En el apartado 22.o, donde dice “Madrid Food Innovation Lab” debe decir
“Madrid Food Innovation Hub”.
B.O.C.M. Núm. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
Pág. 153
Otorgar la autorización para la realización de pruebas, ensayos de investigación y experiencias piloto en espacios públicos de titularidad municipal en el término municipal de Madrid”.
Siete. En el apartado 22.o, se modifica la letra f) del punto 1.1, se suprime la letra b)
del punto 1.2, que queda sin contenido, y se modifica el punto 2.2, que quedan redactados
en los siguientes términos:
“f) Impulsar y gestionar la Ventanilla Única de Emprendimiento en cuanto se trate de
la agilización de trámites y licencias o el asesoramiento relacionadas con la actividad económica”.
“2.2. Concesiones, autorizaciones y cesiones gratuitas.
Otorgar las autorizaciones de uso de los espacios de los viveros de empresas”.
Ocho. En el apartado 24.o, se añade una letra c) al punto 2, y se modifica el punto 3
que quedan redactados en los siguientes términos:
“c) Gestionar, a través de la habilitación de pagos, los anticipos de caja fija y libramientos a justificar correspondientes al presupuesto del Tribunal EconómicoAdministrativo Municipal de Madrid”.
“3. Registro y atención al ciudadano.
Delegar en el Secretario General del Tribunal Económico Administrativo Municipal
de Madrid el ejercicio de las funciones de registro de solicitudes, escritos y comunicaciones, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos”.
Segundo.—Rectificar los errores advertidos en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, en los términos que se indican a continuación:
Tercero.—Las referencias que los acuerdos, decretos, resoluciones y normas municipales realicen a los órganos que se modifican por este acuerdo, se entenderán realizadas a
los que se crean, sustituyen o asumen sus competencias.
Cuarto.—El titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda adoptará las modificaciones de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo que
resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente acuerdo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1.g) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, por el titular del Área de Gobierno
de Economía, Innovación y Hacienda se procederá, en su caso, a la aprobación de las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias como consecuencia de la estructura orgánica establecida en el presente acuerdo.
Quinto.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la eficacia del presente
acuerdo por órganos distintos de los competentes según el mismo, se seguirán tramitando
y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de
competencias.
Sexto.—Queda sin efecto el Acuerdo de 7 de noviembre de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avoca la competencia de la titular del Área de
Gobierno de Obras y Equipamientos para la realización de actuaciones con las sociedades
de garantía recíproca Avalmadrid, Elkargi, Audiovisual Fianzas e Iberaval, y se delega en
la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
Asimismo, quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
Séptimo.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Octavo.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda a dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y la ejecución del presente acuerdo.
BOCM-20250305-41
Uno. En el apartado 8.o, donde dice “14” debe decir “12”, y donde dice “15” debe
decir “13”.
Dos. En el apartado 10.o, donde dice “Análisis socio-económico de la ciudad” debe
decir “Análisis socioeconómico de la ciudad”.
Tres. En el apartado 22.o, donde dice “Madrid Food Innovation Lab” debe decir
“Madrid Food Innovation Hub”.