Madrid (BOCM-20250305-41)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 148

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 54

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41

MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

El artículo 17.1.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de
Madrid se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Economía,
Innovación y Hacienda a fin de lograr una utilización eficaz y eficiente de los recursos municipales, así como un mejor servicio público.
El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel para, por una parte,
atribuir a la titular del área de gobierno, la competencia para adquirir y gestionar acciones
y participaciones sociales en el capital de entidades privadas, con el objeto de impulsar el
desarrollo empresarial madrileño.
Por otra parte, se reestructura la Dirección General de Comercio, Hostelería y Consumo, dividiéndola en dos órganos directivos: la Dirección General de Comercio y Hostelería y el Instituto Municipal de Consumo, al objeto de incrementar la eficacia en la gestión
de sus objetivos.
En este sentido, la Dirección General de Comercio y Hostelería asumirá las competencias en materia de comercio y hostelería y el Instituto Municipal de Consumo las competencias en materia de consumo. Junto a ello, en el acuerdo se mejora la redacción y definición de algunas de estas competencias.
Además, el presente acuerdo tiene por objeto ajustar la redacción de algunos de sus
apartados a los objetivos y actividades de la Dirección General de Economía, la Dirección
General de Innovación, la Dirección General de Emprendimiento y el Tribunal EconómicoAdministrativo Municipal de Madrid.
En relación con las competencias de la Dirección General de Economía en materia de análisis socioeconómico de la ciudad se incluye la competencia en materia de política de clústeres.
Respecto a la Dirección General de Innovación, entre las competencias específicas de
patrimonio, se le atribuye la competencia del otorgamiento de la autorización para la realización de pruebas, ensayos de investigación y experiencias piloto en espacios públicos de
titularidad municipal en el término municipal de Madrid, competencia que se elimina de las
competencias actualmente atribuidas a la Dirección General de Emprendimiento.
Asimismo, se traslada la gestión del Centro de Inteligencia Artificial “Madrid Innovation Lab”, del punto 1.1, relativo a “innovación” al punto 1.2, relativo a “atracción de nuevas tecnologías”, con el fin de ajustarlo a la estructura organizativa interna y presupuestaria de la Dirección General de Innovación.
Por lo que respecta a la Dirección General de Emprendimiento, se refleja la denominación oficial de la Ventanilla Única de Emprendimiento y se mejora la redacción de su
competencia en materia de impulso y gestión de la misma. Junto a ello, y en cuanto a sus
competencias específicas en materia de patrimonio, además de suprimir la competencia
para el otorgamiento de la autorización para la realización de pruebas, ensayos de investigación y experiencias piloto en espacios públicos de titularidad municipal en el término
municipal de Madrid, antes citada, que pasa a corresponder a la Dirección General de Innovación, se precisa la referencia a los viveros de empresas.
En cuanto a las competencias del Secretario General del Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, se le atribuye la relativa a la gestión, a través de la habili-

BOCM-20250305-41

Acuerdo de 20 de febrero de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por
el que se modifica el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda: