Madrid (BOCM-20250305-40)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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BOCM

MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 54

Junto a ello, de conformidad con el apartado 20.o 1.2 c) del mismo acuerdo, la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos es competente para adquirir e instalar el mobiliario urbano y equipamientos en colaboración con la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras y el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, excepto la adquisición e
instalación de elementos de señalización de polígonos industriales MU-215 y MU-216, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones económicas, sociales y técnicas que aconsejan que, de forma puntual, la redacción, planificación y ejecución del proyecto de mejora del espacio público en dicho ámbito pueda ser realizado desde
el distrito de Villaverde.
Dichas razones derivan de que la referida actuación ha sido acordada por la Comisión de
Concertación, dentro de las actuaciones a desarrollar en el año 2025 en el marco del Plan Integral de Barrio de Villaverde Alto con código de actuación 2024/PIBA/00051 incluida dentro de
los presupuestos del distrito de Villaverde del año 2025, en la partida 001/217/17102/61921 con
número de PEP 2025/000037 como posible actuación a ejecutar directamente por el distrito. Por otra parte, la actuación puede ser abordada por el propio distrito desde una perspectiva de mayor cercanía con sus vecinos, así como de una mayor celeridad en la tramitación
y ejecución de las obras, ello básicamente por la aplicación del vigente Acuerdo Marco de
las Obras de Reforma, Reparación y Conservación del Conjunto de Edificios y Espacios
Públicos cuya competencia corresponde al Distrito de Villaverde, Lote 3, que posibilita la
ejecución de este tipo de actuaciones mediante la tramitación de un contrato basado en un
procedimiento que acorta sensiblemente los plazos de tramitación.
A la vista de la situación en la que se encuentran los trabajos referidos a la actuación,
por eficacia y eficiencia administrativa, ya que se ha llevado a cabo por parte del distrito de
Villaverde los trabajos de estudio, se cuenta con los recursos económicos, personales y materiales para su ejecución, parece apropiado que en la medida de la debida racionalización
de los recursos públicos la actuación pueda llevarse a cabo por el distrito.
Para que las actuaciones proyectadas puedan ser realizadas por el distrito de Villaverde, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas anteriormente indicadas y que tales
competencias sean posteriormente delegadas en el concejal-presidente del Distrito de Villaverde, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las “Obras de área
infantil en el Parque Jardín de las Lenguas Oeste del distrito de Villaverde”.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la
titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos y del titular del Área de Gobierno de
Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, que eleva la vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 20 de febrero de 2025,
ACUERDA
Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.o 1.2 a) y c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de
Gobierno de Obras y Equipamientos; en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas
Verdes en el apartado 19.o 1.3 c) y 1.4 a) y d) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad; y en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos en el apartado 20.o 1.2 c) del mismo acuerdo, única y
exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las “Obras de área infantil en el Parque Jardín de las Lenguas Oeste” situada en la calle Lenguas con vuelta a la calle San Jenaro del distrito de Villaverde.
Segundo.—Delegar en el concejal-presidente del Distrito de Villaverde las competencias avocadas en el apartado primero.

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