Madrid (BOCM-20250305-40)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
Pág. 145
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
Desde el distrito de Villaverde está previsto realizar para el año 2025 una serie de actuaciones de mejora de zonas verdes, entre las que se encuentra la redacción del proyecto
técnico y la posterior ejecución de las “Obras de área infantil en el Parque Jardín de las Lenguas Oeste del distrito de Villaverde”, excediendo las actuaciones contempladas en este
proyecto del ámbito competencial del distrito.
El objetivo del proyecto es la creación de un nuevo parque infantil en la zona verde delimitada por los viales calle Lenguas con vuelta a la calle San Jenaro, que cubra las necesidades de las familias de la zona residencial del entorno y las específicas de los niños atendidos en las cercanas instalaciones de la asociación que trabaja con programas de atención
temprana dirigidas a población entre 0 y 6 años que presentan trastornos de desarrollo físico y cognitivo.
Esta mejora supone la instalación de un nuevo equipamiento de juegos infantiles adaptados, la incorporación de pavimentos en sectores de juego y ejercicio que aseguren las condiciones de seguridad y accesibilidad universal, la modificación y ampliación del alumbrado público para su adecuación al nuevo diseño de la zona, la dotación de nuevo mobiliario
urbano y la modificación de la red de riego para dar servicio a nuevas zonas ajardinadas con
ejemplares de porte arbustivo de delimitación de los diferentes espacios.
Conforme al apartado 8.o 1.2 a) y c) del acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de
Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno
de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Conservación de Vías Públicas es competente para, por una parte, renovar y reparar los pavimentos del viario y espacios públicos
municipales, excepto los comprendidos en otros terrenos dotacionales y los integrados en
los grandes parques, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos, así como
realizar su conservación y mantenimiento en coordinación con los mismos; y por otra parte, para renovar, reparar y conservar el alumbrado público exterior, el de monumentos, el
Centro de Control de Telegestión y otras instalaciones eléctricas municipales, así como
controlar y supervisar el consumo de energía del mismo, excepto el de las infraestructuras
de carácter supramunicipal y las integradas en los grandes parques.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el apartado 19.o 1.3 c) y 1.4 a) y d) del acuerdo
de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y
competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes es competente para, por una parte, impulsar las acciones y programas relacionados con los parques y viveros municipales y con
las zonas verdes, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos; por otra parte,
para proteger y conservar, mejorar y restaurar los espacios que figuran en la relación de Zonas Verdes y Espacios Ajardinados de Conservación Municipal, así como el arbolado de
alineación, el arbolado viario y la jardinería y plantaciones de las redes supramunicipales
que hayan sido cedidas al Ayuntamiento de Madrid, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos y a la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos; y finalmente para conservar y mantener las fuentes ornamentales en los parques históricos, singulares y forestales, así como renovar, reparar y conservar las redes de riego,
hidrantes, bocas de riego y fuentes no ornamentales en todos sus elementos, ubicadas tanto en vía pública como en zonas verdes, parques y viveros municipales, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a los distritos.
BOCM-20250305-40
Acuerdo de 20 de febrero de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por
el que se avocan las competencias para la redacción planificación y ejecución del proyecto
de zona infantil en el Parque Jardín de las Lenguas Oeste del distrito de Villaverde, y se delegan en el concejal-presidente del Distrito de Villaverde.
B.O.C.M. Núm. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
Pág. 145
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
Desde el distrito de Villaverde está previsto realizar para el año 2025 una serie de actuaciones de mejora de zonas verdes, entre las que se encuentra la redacción del proyecto
técnico y la posterior ejecución de las “Obras de área infantil en el Parque Jardín de las Lenguas Oeste del distrito de Villaverde”, excediendo las actuaciones contempladas en este
proyecto del ámbito competencial del distrito.
El objetivo del proyecto es la creación de un nuevo parque infantil en la zona verde delimitada por los viales calle Lenguas con vuelta a la calle San Jenaro, que cubra las necesidades de las familias de la zona residencial del entorno y las específicas de los niños atendidos en las cercanas instalaciones de la asociación que trabaja con programas de atención
temprana dirigidas a población entre 0 y 6 años que presentan trastornos de desarrollo físico y cognitivo.
Esta mejora supone la instalación de un nuevo equipamiento de juegos infantiles adaptados, la incorporación de pavimentos en sectores de juego y ejercicio que aseguren las condiciones de seguridad y accesibilidad universal, la modificación y ampliación del alumbrado público para su adecuación al nuevo diseño de la zona, la dotación de nuevo mobiliario
urbano y la modificación de la red de riego para dar servicio a nuevas zonas ajardinadas con
ejemplares de porte arbustivo de delimitación de los diferentes espacios.
Conforme al apartado 8.o 1.2 a) y c) del acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de
Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno
de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Conservación de Vías Públicas es competente para, por una parte, renovar y reparar los pavimentos del viario y espacios públicos
municipales, excepto los comprendidos en otros terrenos dotacionales y los integrados en
los grandes parques, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos, así como
realizar su conservación y mantenimiento en coordinación con los mismos; y por otra parte, para renovar, reparar y conservar el alumbrado público exterior, el de monumentos, el
Centro de Control de Telegestión y otras instalaciones eléctricas municipales, así como
controlar y supervisar el consumo de energía del mismo, excepto el de las infraestructuras
de carácter supramunicipal y las integradas en los grandes parques.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el apartado 19.o 1.3 c) y 1.4 a) y d) del acuerdo
de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y
competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes es competente para, por una parte, impulsar las acciones y programas relacionados con los parques y viveros municipales y con
las zonas verdes, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos; por otra parte,
para proteger y conservar, mejorar y restaurar los espacios que figuran en la relación de Zonas Verdes y Espacios Ajardinados de Conservación Municipal, así como el arbolado de
alineación, el arbolado viario y la jardinería y plantaciones de las redes supramunicipales
que hayan sido cedidas al Ayuntamiento de Madrid, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos y a la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos; y finalmente para conservar y mantener las fuentes ornamentales en los parques históricos, singulares y forestales, así como renovar, reparar y conservar las redes de riego,
hidrantes, bocas de riego y fuentes no ornamentales en todos sus elementos, ubicadas tanto en vía pública como en zonas verdes, parques y viveros municipales, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a los distritos.
BOCM-20250305-40
Acuerdo de 20 de febrero de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por
el que se avocan las competencias para la redacción planificación y ejecución del proyecto
de zona infantil en el Parque Jardín de las Lenguas Oeste del distrito de Villaverde, y se delegan en el concejal-presidente del Distrito de Villaverde.