Ciempozuelos (BOCM-20250305-48)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 54

3.2. Documentación que debe adjuntarse a la instancia para ser admitido y tomar
parte en las pruebas selectivas correspondientes.
Las personas aspirantes manifestarán en sus instancias de participación que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos tal y como se establecen en la Base 2, adjuntando la
siguiente documentación:
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
x

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte en vigor o documento
equivalente para los aspirantes no nacionales.

x

Los méritos valorables se alegarán en la instancia establecida al efecto por el
Ayuntamiento de Ciempozuelos. La fecha límite para la alegación y presentación de
méritos será aquella en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

x

No serán tenidos en cuenta los méritos alegados y que no se hayan presentado en
el plazo y forma anteriormente mencionados.

x

No se valorarán, en ningún caso, los méritos que no se justifiquen con la
documentación adecuada.

x

La falta de presentación de los documentos relativos a la justificación de los méritos
no supondrá la exclusión de los aspirantes a las pruebas selectivas, aunque
significará una valoración de cero puntos en el concurso.

x

La falta de presentación de instancia supondrá la exclusión de los aspirantes en las
pruebas selectivas.

x

Fotocopia de la titulación exigida o justificante de haberla solicitado con entrada en el
registro del órgano competente, sin perjuicio de que sea necesaria la presentación
posterior del original.

x

Documento que acredite el grado de discapacidad igual o superior al 33% para
aquellos que lo indiquen en la solicitud.

Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no
podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Asimismo, en ningún caso se valorarán méritos que no hayan sido alegados ni acreditados
documentalmente en dicho plazo.
CUARTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
4.1. Listado provisional.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente de la Corporación
dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión. La Resolución del
listado provisional de aspirantes excluidos deberá publicarse, en todo caso, en el BOCM. La Lista
provisional de aspirantes admitidos y excluidos deberá publicarse en el Tablón alojado en la Sede
Electrónica Municipal (sede.ayto-ciempozuelos.org), así como en la página web municipal
(www.ayto-ciempozuelos.org).
4.2. Plazo de subsanación y publicación del listado definitivo.

Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser
admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección. En caso de no existir
reclamación, se elevará automáticamente a definitiva.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, el órgano competente de la Corporación
dictará Resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en el
Tablón alojado en la Sede Electrónica Municipal (sede.ayto-ciempozuelos.org), así como en la
página web municipal (www.ayto-ciempozuelos.org).

BOCM-20250305-48

Las personas excluidas expresamente, así como quienes no figuren en la relación de
admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación de la Resolución del listado provisional de aspirantes excluidos en el
BOCM, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión.