C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250305-20)
Acreditación competencias profesionales –  Resolución conjunta de 17 de febrero de 2025, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 54

6.2.5. Plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación adjunta de los
candidatos de centros privados concertados.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Concluido dicho plazo, no se admitirá ninguna solicitud que no se haya formalizado
en tiempo y forma, ni modificación alguna de la misma, ni aportación de nueva documentación.
Séptima

7.1. Listas provisionales de admitidos y excluidos.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de
Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada,
Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos dictarán resolución conjunta ordenando la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, especificando las causas de exclusión, en el caso de centros públicos en el portal de
la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licenciaspermisos-carnes/acreditacion-ingles-avanzado-ies-2025 y, con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, en el portal “personal +educación”, siguiendo la secuencia descrita en la base quinta, y en el caso de centros privados concertados en el portal
de la Comunidad de Madrid, en el enlace https://sede.comunidad.madrid/autorizacioneslicencias-permisos-carnes/acredita-ingles-avanzado-concertados-25
7.2. Subsanación de la solicitud.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las
listas provisionales de admitidos y excluidos, los interesados podrán subsanar sus solicitudes, así como los errores o defectos que observen en dichas listas, ante la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, en el caso de los profesores de
centros privados concertados, o ante la Dirección General de Recursos Humanos, en el caso
de docentes de centros públicos:
a) Candidatos de centros públicos: las solicitudes de subsanación o alegaciones a las
listas provisionales de admitidos y excluidos, se realizarán a través de la aplicación “HABI-Habilitaciones Bilingües” en los plazos que se establezcan. Al acceder a la aplicación, se seleccionará la solicitud sobre la que subsanar o alegar; a
continuación, se describirá la motivación, se aportarán, en su caso, los documentos que se consideren y se registrará mediante dicha aplicación, generando un recibo de presentación, en cuyo margen superior derecho deberá estar consignado el
número de registro con fecha y hora.
b) Candidatos de centros privados concertados: las subsanaciones se presentarán
cumplimentando el impreso “Subsanación de solicitud” que podrán obtener en
el enlace https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisoscarnes/acredita-ingles-avanzado-concertados-25 , por el procedimiento que se
alude en el apartado 5.2.2 de esta convocatoria.
Si la persona interesada no subsanara el defecto que haya motivado su exclusión u
omisión, se le tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del procedimiento.
7.3. Listas definitivas de admitidos y excluidos.
Revisadas las alegaciones presentadas a las listas provisionales, la Dirección General
de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada,
Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos dictarán resolución conjunta, aprobando las listas definitivas de admitidos y excluidos, que serán publicadas en los mismos lugares en que se hicieron públicas las listas provisionales, especificando las causas de exclusión.
De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
contra la resolución conjunta aprobando las listas definitivas, que no agota la vía adminis-

BOCM-20250305-20

Listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos en el procedimiento
para la obtención de la acreditación mediante la superación de una prueba de aptitud.
Subsanaciones