Torrejón de Ardoz (BOCM-20250304-76)
Urbanismo. Plan general
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 53

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MARZO DE 2025

Pág. 245

BOCM-20250304-76

Las instalaciones no podrán afectar a la seguridad de las edificaciones de las parcelas
colindantes.
— Urbanización. La urbanización de los espacios de Categoría 2 y los de Categoría 1
cuando sean accesibles desde el exterior requerirá la presentación de un proyecto
complementario de obras de urbanización, en el que se reflejen no solo las redes
de infraestructuras (garantizando su independencia de las municipales) sino la pavimentación, el mobiliario urbano y las características del ajardinamiento (al menos el 40 % de la superficie) así como el vallado si existiere.
La calidad será similar a la de los espacios públicos y los módulos económicos de
referencia serán los incluidos en el Estudio Económico Financiero debidamente
actualizados.
— Vallado. El vallado de los espacios libres se efectuará bien con elementos vegetales exclusivamente, bien con valla compuesta de zócalo opaco de ladrillo o similar de altura 1,00 m. y resto con enrejado o entramado metálico hasta una altura
máxima de 2,00 m.
Las puertas del aparcamiento en la categoría 3.a tendrá una altura máxima de1,50 m.
Cuando las viviendas unifamiliares respondan a una promoción unitaria, el vallado
constituirá una unidad compositiva que solo podrá modificarse de forma conjunta en el
frente de la manzana.
Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente a su publicación y sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime pertinente en defensa de sus intereses y derechos.
Torrejón de Ardoz, a 3 de febrero de 2025.—El alcalde, Alejandro Navarro Prieto.
(02/1.641/25)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791