Villalbilla (BOCM-20250304-82)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 53
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MARZO DE 2025
Pág. 257
actividades propias del servicio de intermediación laboral ofrecido por Ayuntamiento de
Villalbilla.
Estos datos únicamente serán cedidos a aquellas entidades que sean necesarias con el
único objetivo de dar cumplimiento a la finalidad anteriormente expuesta.
El Ayuntamiento de Villalbilla adopta las medidas necesarias para garantizar la seguridad,
integridad y confidencialidad de los datos conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales y en
el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de los mismos.
El usuario podrá en cualquier momento ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación reconocidos en el citado Reglamento (UE). El ejercicio de estos derechos puede realizarlo el propio usuario a través de e-mail a: portalempleo@ayto-villalbilla.org
o en la dirección: Plaza Mayor, número 2, 28810 Villalbilla (Madrid).
Al efecto de garantizar un servicio de alta calidad a empresas y usuarios de los servicios
ofrecidos por al Área de Empleo de Ayuntamiento de Villalbilla, garantizando que los perfiles ofrecidos a las empresas cumplen con los requerimientos exigidos por la legislación vigente y cumpliendo con el marco normativo de Ayuntamiento de Villalbilla, el usuario autoriza expresamente a Ayuntamiento de Villalbilla, a realizar consultas a otras entidades
públicas y en especial a consultar las bases de datos ofrecidas por la Plataforma de Intermediación de Datos del Gobierno de España (PID Red Sara).
El ciudadano puede oponerse motivadamente, notificándolo al Ayuntamiento de Villalbilla a través de los canales de comunicación indicados anteriormente.
Estas consultas serán realizadas por el personal habilitado para ello por Ayuntamiento de Villalbilla.
DISPOSICIÓN FINAL
Primera.—Esta ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, una vez transcurrido el plazo de quince
días hábiles contados desde la recepción por la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid del acuerdo de aprobación definitiva de la misma, plazo establecido en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Segunda.—La modificación de la presente Ordenanza fue aprobada por el Pleno municipal en sesión celebrada el 12 de diciembre de 2024, siendo publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 308, de 27 de diciembre de 2024.
El resto de las determinaciones de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Bolsa de
Empleo se mantendrán en los términos de su aprobación y publicación definitiva.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En Villalbilla, a 21 de febrero de 2025.—El secretario general del Ayuntamiento de
Villalbilla, Ildefonso Montero Tineo.
(03/2.839/25)
BOCM-20250304-82
LETÍN
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 53
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MARTES 4 DE MARZO DE 2025
Pág. 257
actividades propias del servicio de intermediación laboral ofrecido por Ayuntamiento de
Villalbilla.
Estos datos únicamente serán cedidos a aquellas entidades que sean necesarias con el
único objetivo de dar cumplimiento a la finalidad anteriormente expuesta.
El Ayuntamiento de Villalbilla adopta las medidas necesarias para garantizar la seguridad,
integridad y confidencialidad de los datos conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales y en
el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de los mismos.
El usuario podrá en cualquier momento ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación reconocidos en el citado Reglamento (UE). El ejercicio de estos derechos puede realizarlo el propio usuario a través de e-mail a: portalempleo@ayto-villalbilla.org
o en la dirección: Plaza Mayor, número 2, 28810 Villalbilla (Madrid).
Al efecto de garantizar un servicio de alta calidad a empresas y usuarios de los servicios
ofrecidos por al Área de Empleo de Ayuntamiento de Villalbilla, garantizando que los perfiles ofrecidos a las empresas cumplen con los requerimientos exigidos por la legislación vigente y cumpliendo con el marco normativo de Ayuntamiento de Villalbilla, el usuario autoriza expresamente a Ayuntamiento de Villalbilla, a realizar consultas a otras entidades
públicas y en especial a consultar las bases de datos ofrecidas por la Plataforma de Intermediación de Datos del Gobierno de España (PID Red Sara).
El ciudadano puede oponerse motivadamente, notificándolo al Ayuntamiento de Villalbilla a través de los canales de comunicación indicados anteriormente.
Estas consultas serán realizadas por el personal habilitado para ello por Ayuntamiento de Villalbilla.
DISPOSICIÓN FINAL
Primera.—Esta ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, una vez transcurrido el plazo de quince
días hábiles contados desde la recepción por la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid del acuerdo de aprobación definitiva de la misma, plazo establecido en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Segunda.—La modificación de la presente Ordenanza fue aprobada por el Pleno municipal en sesión celebrada el 12 de diciembre de 2024, siendo publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 308, de 27 de diciembre de 2024.
El resto de las determinaciones de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Bolsa de
Empleo se mantendrán en los términos de su aprobación y publicación definitiva.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En Villalbilla, a 21 de febrero de 2025.—El secretario general del Ayuntamiento de
Villalbilla, Ildefonso Montero Tineo.
(03/2.839/25)
BOCM-20250304-82
LETÍN
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791