C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250304-26)
Gestión presupuestaria – Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Dirección General de Presupuestos, relativa a la gestión presupuestaria para el año 2025
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BOCM
MARTES 4 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 53
Por todo ello, de conformidad con el artículo 5.1.m) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el Director General de Presupuestos dicta la presente
RESOLUCIÓN
I. Vinculación de los créditos
1. Vinculación de los créditos.
1.1. Reglas generales.
Para el ejercicio 2025, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 9/2024,
de 26 de diciembre y en el artículo 54.2 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de
la Hacienda de la Comunidad de Madrid, la vinculación jurídica de los créditos queda establecida a nivel de artículo para todos los capítulos de la clasificación económica.
Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, los créditos serán vinculantes con el nivel
de desagregación orgánica, funcional y económica que se detalla en el estado de gastos de
la Ley 9/2024, de 26 de diciembre.
Los créditos aprobados para transferencias nominativas y para subvenciones nominativas vincularán con el nivel de desagregación con que aparezcan en los estados de gastos.
Los créditos consignados en los siguientes conceptos vincularán con el nivel de desagregación señalado:
131 “Laboral eventual”.
160 “Cuotas sociales”.
452 “Universidades públicas: otras actuaciones”.
485 “A centros docentes no universitarios”.
752 “Universidades públicas: otras actuaciones”.
782 “Investigación”.
Además, durante 2025 serán vinculantes a nivel de subconcepto:
a) Los distintos subconceptos incluidos en el artículo 89 “Aportaciones a empresas y
entes públicos”, 24 “Servicios Nuevos” y 69 “Servicios Nuevos”.
b) Los subconceptos incluidos en los artículos 15 “Incentivos al rendimiento”.
c) Los créditos destinados a financiar el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid, en concreto, los subconceptos:
22716 “Trabajos apoyo técnico con entidades colaboradoras. Programas de inversión y servicios”.
22719 “Trabajos de apoyo técnico con medios propios. Programas de inversión
y servicios”.
46300 “Programas de Inversión y Servicios”.
62900 “Inversiones Directas de Programas de Inversión y Servicios”.
62905 “Inversiones Directas de Programas de Inversión y Servicios: Obras Supramunicipales.”
65003 “Encargos de Programas de Inversión y Servicios a Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA)”.
65099 “Encargos de Programas de Inversión y Servicios a otras Empresas con
la consideración de medios propios de la Comunidad de Madrid”.
76300 “Programas de Inversión y Servicios”.
d) Los créditos destinados a financiar los mandatos realizados a la empresa pública Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M.P., S.A, en concreto los subconceptos 61203
“Patrimonio histórico-artístico y cultural: mandato empresa pública Planifica
Madrid, Proyectos y Obras, M.P., S.A.”; 62105 “Construcción de edificios: mandato empresa pública Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M.P., S.A.” y 63104 “Reposición o mejora edificios: mandato empresa pública Planifica Madrid, Proyectos
y Obras, M.P, S.A.”.
e) Los siguientes subconceptos:
12401 “Retribuciones funcionarios interinos sin adscripción a puesto de trabajo”.
12600 “Funcionarios docentes con permiso parcialmente retribuido”.
13106 “Retribuciones básicas laboral eventual sustitución liberados sindicales”.
14300 “Funcionarios interinos de justicia”.
16002 “Cuotas Sociales Alumnos en prácticas no remuneradas”
BOCM-20250304-26
Pág. 104
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 53
Por todo ello, de conformidad con el artículo 5.1.m) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el Director General de Presupuestos dicta la presente
RESOLUCIÓN
I. Vinculación de los créditos
1. Vinculación de los créditos.
1.1. Reglas generales.
Para el ejercicio 2025, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 9/2024,
de 26 de diciembre y en el artículo 54.2 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de
la Hacienda de la Comunidad de Madrid, la vinculación jurídica de los créditos queda establecida a nivel de artículo para todos los capítulos de la clasificación económica.
Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, los créditos serán vinculantes con el nivel
de desagregación orgánica, funcional y económica que se detalla en el estado de gastos de
la Ley 9/2024, de 26 de diciembre.
Los créditos aprobados para transferencias nominativas y para subvenciones nominativas vincularán con el nivel de desagregación con que aparezcan en los estados de gastos.
Los créditos consignados en los siguientes conceptos vincularán con el nivel de desagregación señalado:
131 “Laboral eventual”.
160 “Cuotas sociales”.
452 “Universidades públicas: otras actuaciones”.
485 “A centros docentes no universitarios”.
752 “Universidades públicas: otras actuaciones”.
782 “Investigación”.
Además, durante 2025 serán vinculantes a nivel de subconcepto:
a) Los distintos subconceptos incluidos en el artículo 89 “Aportaciones a empresas y
entes públicos”, 24 “Servicios Nuevos” y 69 “Servicios Nuevos”.
b) Los subconceptos incluidos en los artículos 15 “Incentivos al rendimiento”.
c) Los créditos destinados a financiar el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid, en concreto, los subconceptos:
22716 “Trabajos apoyo técnico con entidades colaboradoras. Programas de inversión y servicios”.
22719 “Trabajos de apoyo técnico con medios propios. Programas de inversión
y servicios”.
46300 “Programas de Inversión y Servicios”.
62900 “Inversiones Directas de Programas de Inversión y Servicios”.
62905 “Inversiones Directas de Programas de Inversión y Servicios: Obras Supramunicipales.”
65003 “Encargos de Programas de Inversión y Servicios a Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA)”.
65099 “Encargos de Programas de Inversión y Servicios a otras Empresas con
la consideración de medios propios de la Comunidad de Madrid”.
76300 “Programas de Inversión y Servicios”.
d) Los créditos destinados a financiar los mandatos realizados a la empresa pública Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M.P., S.A, en concreto los subconceptos 61203
“Patrimonio histórico-artístico y cultural: mandato empresa pública Planifica
Madrid, Proyectos y Obras, M.P., S.A.”; 62105 “Construcción de edificios: mandato empresa pública Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M.P., S.A.” y 63104 “Reposición o mejora edificios: mandato empresa pública Planifica Madrid, Proyectos
y Obras, M.P, S.A.”.
e) Los siguientes subconceptos:
12401 “Retribuciones funcionarios interinos sin adscripción a puesto de trabajo”.
12600 “Funcionarios docentes con permiso parcialmente retribuido”.
13106 “Retribuciones básicas laboral eventual sustitución liberados sindicales”.
14300 “Funcionarios interinos de justicia”.
16002 “Cuotas Sociales Alumnos en prácticas no remuneradas”
BOCM-20250304-26
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID