La Hiruela (BOCM-20250303-69)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 52
responsable de la infracción, pudiendo exigir, además, indemnización por daños y perjuicios
causados.
DISPOSICIÓN ADICIONAL. Para lo no previsto en esta Ordenanza se estará a lo dispuesto en el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Ley 2/2004, de 5 de marzo, Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
y demás normas que resulten de aplicación.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA. Quedan derogadas cuantas Ordenanzas Fiscales Reguladoras
de la Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos hayan sido aprobadas con anterioridad y,
expresamente, la Ordenanza municipal de La Hiruela reguladora de la tasa sobre recogida de
basuras o residuos sólidos urbanos.
DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ordenanza fue aprobada, con carácter provisional, por la
Asamblea Vecinal de la Corporación, en Sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2024 y
entrará en vigor el día de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Comunidad
Autónoma de Madrid, por entenderse definitivamente aprobada, comenzando a aplicarse el día 1
de enero de 2025 y permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
BOCM-20250303-69
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La Hiruela, a 20 de febrero de 2025.—El alcalde-presidente, Antonio Viedma Rojas.
(03/2.782/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 52
responsable de la infracción, pudiendo exigir, además, indemnización por daños y perjuicios
causados.
DISPOSICIÓN ADICIONAL. Para lo no previsto en esta Ordenanza se estará a lo dispuesto en el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Ley 2/2004, de 5 de marzo, Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
y demás normas que resulten de aplicación.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA. Quedan derogadas cuantas Ordenanzas Fiscales Reguladoras
de la Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos hayan sido aprobadas con anterioridad y,
expresamente, la Ordenanza municipal de La Hiruela reguladora de la tasa sobre recogida de
basuras o residuos sólidos urbanos.
DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ordenanza fue aprobada, con carácter provisional, por la
Asamblea Vecinal de la Corporación, en Sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2024 y
entrará en vigor el día de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Comunidad
Autónoma de Madrid, por entenderse definitivamente aprobada, comenzando a aplicarse el día 1
de enero de 2025 y permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
BOCM-20250303-69
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La Hiruela, a 20 de febrero de 2025.—El alcalde-presidente, Antonio Viedma Rojas.
(03/2.782/25)
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ISSN 1989-4791