Arroyomolinos (BOCM-20250303-53)
Organización y funcionamiento. Reglamento Condecoraciones Protección Civil
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 52
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MARZO DE 2025
Pág. 209
Art. 6. Excepciones.
A aquellos miembros de la Agrupación Municipal de Protección Civil de Arroyomolinos o de otros
municipios, o miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad o Fuerzas Armadas, que estén
incursos en expediente administrativo disciplinario por falta grave o muy grave, sin que se haya
producido la firmeza de la correspondiente resolución, no podrán acceder a la concesión de las
condecoraciones, honores y distinciones establecidas en el presente reglamento, mientras no se
resuelva y sea firme esa resolución de forma favorable al interesado.
6.2. Si la resolución fuera firme, no podrán acceder a la concesión de las condecoraciones, honores
y distinciones establecidas en el presente reglamento mientras no haya transcurrido al menos un
año a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el cumplimiento de la sanción establecida,
en el caso de falta grave, y dos años, en el caso de falta muy grave.
6.3. Los anteriores plazos quedarán reducidos a seis meses, para los casos de faltas leves.
6.4. No serán concedidas condecoraciones, honores y distinciones establecidas en el presente
reglamento a quienes estén inmersos en procedimientos penales por delito, mientras no exista
resolución judicial firme eximente de responsabilidad.
6.5. En el caso de haber sido condenado por delito leve no podrán acceder a la concesión de las
condecoraciones, honores y distinciones establecidas en el presente reglamento, mientras no haya
transcurrido al menos un año a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el cumplimiento
de la pena.
6.6. Si la condena es por delito grave o menos grave, no podrán acceder a la concesión de las
condecoraciones, honores y distinciones establecidas en el presente reglamento, mientras no hayan
transcurrido al menos tres años a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el
cumplimiento de la pena.
6.7. No serán concedidas condecoraciones, honores y distinciones establecidas en el presente
reglamento, a las personas integrantes de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil,
miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Fuerzas Armadas, personas o instituciones que hayan
desacreditado gravemente a la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil de Arroyomolinos.
Art. 7. Revocaciones.
La concesión de las condecoraciones, honores y distinciones a la que se refiere el presente
reglamento, podrán ser revocadas, si procede, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 109,
de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Art. 8. Protocolo de entrega.
Todas las condecoraciones, honores y distinciones concedidas en base al presente reglamento serán
entregadas directamente a las personas distinguidas o a un familiar, en caso de imposibilidad justificada.
El día de entrega oficial de las condecoraciones, honores y distinciones será el día que se determine,
en el tradicional acto protocolario en el Excelentísimo Ayuntamiento de Arroyomolinos, con la
asistencia de miembros de la Corporación Municipal que harán entrega de las mismas.
Aquellas personas distinguidas que no se personen a los actos protocolarios a recoger la distinción,
sin justificación suficiente, se entenderá que rechazan la misma, por lo que se procederá al archivo
del expediente.
Para recoger la distinción en el acto protocolario de entrega, el distinguido deberá asistir
reglamentariamente uniformado, guardar el decoro que se merece, no portando medalla, condecoración
o pasador alguno para dar mayor relevancia a la condecoración que se recibe.
Exceptuando las Cruces por Permanencia en la Agrupación Municipal de protección Civil de
Arroyomolinos, sólo se podrá imponer una medalla o condecoración por componente.
Art. 9. Medalla de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil de Arroyomolinos.
Serán recompensados con la medalla de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil
de Arroyomolinos:
Aquellos componentes de la Agrupación que realicen algún acto heroico y generoso, con peligro de
su vida.
BOCM-20250303-53
Se hará entrega junto con la condecoración, del correspondiente Certificado, Diploma y/o Decreto
firmado por la autoridad competente.
B.O.C.M. Núm. 52
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MARZO DE 2025
Pág. 209
Art. 6. Excepciones.
A aquellos miembros de la Agrupación Municipal de Protección Civil de Arroyomolinos o de otros
municipios, o miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad o Fuerzas Armadas, que estén
incursos en expediente administrativo disciplinario por falta grave o muy grave, sin que se haya
producido la firmeza de la correspondiente resolución, no podrán acceder a la concesión de las
condecoraciones, honores y distinciones establecidas en el presente reglamento, mientras no se
resuelva y sea firme esa resolución de forma favorable al interesado.
6.2. Si la resolución fuera firme, no podrán acceder a la concesión de las condecoraciones, honores
y distinciones establecidas en el presente reglamento mientras no haya transcurrido al menos un
año a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el cumplimiento de la sanción establecida,
en el caso de falta grave, y dos años, en el caso de falta muy grave.
6.3. Los anteriores plazos quedarán reducidos a seis meses, para los casos de faltas leves.
6.4. No serán concedidas condecoraciones, honores y distinciones establecidas en el presente
reglamento a quienes estén inmersos en procedimientos penales por delito, mientras no exista
resolución judicial firme eximente de responsabilidad.
6.5. En el caso de haber sido condenado por delito leve no podrán acceder a la concesión de las
condecoraciones, honores y distinciones establecidas en el presente reglamento, mientras no haya
transcurrido al menos un año a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el cumplimiento
de la pena.
6.6. Si la condena es por delito grave o menos grave, no podrán acceder a la concesión de las
condecoraciones, honores y distinciones establecidas en el presente reglamento, mientras no hayan
transcurrido al menos tres años a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el
cumplimiento de la pena.
6.7. No serán concedidas condecoraciones, honores y distinciones establecidas en el presente
reglamento, a las personas integrantes de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil,
miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Fuerzas Armadas, personas o instituciones que hayan
desacreditado gravemente a la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil de Arroyomolinos.
Art. 7. Revocaciones.
La concesión de las condecoraciones, honores y distinciones a la que se refiere el presente
reglamento, podrán ser revocadas, si procede, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 109,
de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Art. 8. Protocolo de entrega.
Todas las condecoraciones, honores y distinciones concedidas en base al presente reglamento serán
entregadas directamente a las personas distinguidas o a un familiar, en caso de imposibilidad justificada.
El día de entrega oficial de las condecoraciones, honores y distinciones será el día que se determine,
en el tradicional acto protocolario en el Excelentísimo Ayuntamiento de Arroyomolinos, con la
asistencia de miembros de la Corporación Municipal que harán entrega de las mismas.
Aquellas personas distinguidas que no se personen a los actos protocolarios a recoger la distinción,
sin justificación suficiente, se entenderá que rechazan la misma, por lo que se procederá al archivo
del expediente.
Para recoger la distinción en el acto protocolario de entrega, el distinguido deberá asistir
reglamentariamente uniformado, guardar el decoro que se merece, no portando medalla, condecoración
o pasador alguno para dar mayor relevancia a la condecoración que se recibe.
Exceptuando las Cruces por Permanencia en la Agrupación Municipal de protección Civil de
Arroyomolinos, sólo se podrá imponer una medalla o condecoración por componente.
Art. 9. Medalla de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil de Arroyomolinos.
Serán recompensados con la medalla de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil
de Arroyomolinos:
Aquellos componentes de la Agrupación que realicen algún acto heroico y generoso, con peligro de
su vida.
BOCM-20250303-53
Se hará entrega junto con la condecoración, del correspondiente Certificado, Diploma y/o Decreto
firmado por la autoridad competente.