Arroyomolinos (BOCM-20250303-53)
Organización y funcionamiento. Reglamento Condecoraciones Protección Civil
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 208

LUNES 3 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 52

de Voluntarios de Protección Civil. Una vez valorados y autorizados, se llevarán en la guerrera o
prenda similar de los uniformes de gala centradas sobre el bolsillo derecho del pecho. Podrán
llevarse un máximo de tres placas, con la siguiente distribución (fig. 10, 11 y 12 anexo II):
— Una: centrada.
— Dos: a la misma altura.
— Tres: dos arriba y una abajo.
De cuantos se obtengan, solo podrán utilizarse simultáneamente tres de estos distintivos, salvo la
escarapela de profesorado que se llevará en la parte superior izquierda del uniforme tal y como viene
descrito en el anexo II.
Insignias y distinciones militares. Se solicitará al coordinador-jefe de la Agrupación Municipal de
Voluntarios de protección Civil mediante instancia acompañada de la documentación justificativa, la
autorización para poder llevar distintivos e insignias militares, que posean los Voluntarios. Una vez
valorados y autorizados, se llevarán en la guerrera o prenda similar de los uniformes de gala o de
diario centradas sobre la placa de pecho de Protección Civil, con la siguiente distribución y según se
detalla en el anexo II:
— Una: centrada.
— Dos: a la misma altura (dependiendo del modelo).
De cuantos se posean, solo podrán utilizarse simultáneamente dos de estos distintivos y en la
disposición descrita en las fig. 7 y 8 del anexo II.
Art. 4. Carácter.
Las condecoraciones, honores y distinciones reguladas en el presente Reglamento se otorgarán con
carácter honorífico.
Art. 5. Procedimiento.
Para la concesión de cualquiera de las condecoraciones, honores y distinciones previstas en este
Reglamento será necesaria la instrucción del correspondiente expediente, a fin de determinar y
constatar los méritos y circunstancias que aconsejen y justifiquen el otorgamiento, excepto para las
Felicitaciones y las Cruces por Permanencia en el Servicio, que serán objeto de tramitación
simplificada conforme a lo establecido en este Reglamento.
Procedimiento:
A Propuesta de la Alcaldía-Presidencia, Concejal-Delegado de Seguridad Ciudadana o del
Coordinador-Jefe de la Agrupación, que podrá efectuarse a iniciativa propia o previa moción
razonada de sus subordinados o de terceros que se hubieran visto beneficiados por los actos o
actuaciones que justifican la propuesta. La propuesta realizada por miembros Voluntarios en activo
requerirá la presentación de un escrito motivado dirigido a su superior inmediato, que una vez
informado deberá remitir a su superior en la escala de mando. La propuesta deberá ser de nuevo
objeto de informe y remitida al coordinador-jefe de la Agrupación, al objeto de que se continúe con
su tramitación. En caso de que el solicitante sea un tercero, deberá presentar un escrito motivado
dirigido al coordinador-jefe de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil, que
dispondrá el inicio de la tramitación del expediente.
Informe, preceptivo del coordinador-jefe de Protección Civil con motivación de los méritos que
aconsejan la concesión que se efectúa.
Incorporación de cuantos antecedentes, documentos, informes o declaraciones justifiquen los actos
que dan lugar a la propuesta.

Cuando la resolución del expediente corresponda al Pleno de la Corporación o, por su delegación,
a la Junta de Gobierno Local, la propuesta de resolución corresponderá a este último órgano, en el
primer caso, y al Alcalde, en el segundo.
Resolución por el órgano competente conforme a lo establecido en el presente Reglamento. La
Resolución, una vez firme, pondrá fin al expediente administrativo y no se podrá iniciar otro
procedimiento por los mismos hechos que motivaron su apertura, aun en el caso de que sea
solicitado por persona distinta a la que instó su tramitación.
Todas las propuestas de concesión de condecoraciones, honores o distinciones serán motivadas
por escrito.

BOCM-20250303-53

Propuesta de Resolución suscrita por el/la Concejal-Delegado de Seguridad Ciudadana en los casos
de que la concesión corresponda a la Alcaldía Presidencia.