D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250303-45)
Convenio – Convenio de colaboración de 14 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, para la autorización gratuita de uso del inmueble ubicado en la calle Comunidad de La Rioja, número 2, de Las Rozas de Madrid, para la prestación de servicios de un Centro de Apoyo y Encuentro Familiar (CAEF)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 52
LUNES 3 DE MARZO DE 2025
Pág. 191
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, de manera más concreta, en la materia que nos ocupa, en el artículo 12 de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre.
Este convenio de colaboración lleva firmándose desde mayo de 2007 renovándose
hasta la actualidad, debido a la alta demanda por parte de las familias madrileñas especialmente de la zona noroeste.
Segundo
El Ayuntamiento de las Rozas de Madrid, ejercerá en virtud del artículo 25.2.e) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, competencias en materia de evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a
personas en situación o riesgo de exclusión social, encontrándose entre los objetivos prioritarios de este Ayuntamiento el apoyo y orientación de la familia en sus diferentes ámbitos.
De los datos de demanda de servicios prestados en el CAEF durante la ejecución del
convenio anterior, se estima necesario suscribir un nuevo convenio de colaboración entre
el Ayuntamiento de las Rozas de Madrid y la Comunidad de Madrid, para que las familias
madrileñas puedan seguir disfrutando de estos servicios públicos. Las previsiones de cara
a futuro es que siga habiendo una alta demanda de estos servicios que se prestan en el Centro de Apoyo y Encuentro Familiar, por todo ello se propone la formalización de un nuevo
convenio de colaboración entre ambas instituciones para seguir prestando a los madrileños
unos servicios públicos de calidad.
Tercero
El presente convenio sustituye el anterior, con idéntico fin, de fecha 27 de noviembre
de 2020, con una duración inicial de tres años, y que fue prorrogado por un año más, finalizando su vigencia el 30 de noviembre de 2024.
En virtud de lo expuesto, siendo deseo de ambas partes fomentar su colaboración y de
acuerdo con las atribuciones conferidas, respetando el ámbito de actuación de cada una de
las partes que interviene en este convenio y siendo interés de éstas articular su colaboración
en orden a la consecución de la finalidad indicada, acuerdan suscribir el presente convenio
con arreglo a las siguientes:
CLAUSULAS
Primera
Objeto
Segunda
Utilidad social del inmueble
El bien inmueble objeto de la autorización gratuita de uso por parte del Ayuntamiento
de las Rozas de Madrid a la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, se destinará a albergar un Centro de Apoyo y Encuentro Familiar para la atención
BOCM-20250303-45
Constituye el objeto del presente convenio establecer las condiciones que han de regir
la autorización de uso gratuito, por el Ayuntamiento de las Rozas de Madrid, de una superficie determinada de 150 m2, del bien inmueble, cuyo plano se adjunta como anexo I, situado en calle Comunidad de la Rioja número 2, a la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, con la finalidad de albergar un Centro de Apoyo y Encuentro
Familiar para la atención de las familias madrileñas. Se adjunta como anexo II, documento
que especifica la referencia catastral.
El Ayuntamiento de las Rozas de Madrid, mantendrá la plena titularidad de la edificación debiendo, en todo momento, la Comunidad de Madrid a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, ajustarse al uso para el que está destinado. Ambas partes reconocen el
destino del resto del edificio a instalaciones de diversos servicios administrativos del Ayuntamiento de las Rozas de Madrid, mostrando su conformidad al respecto a los efectos de la
referida coordinación y distribución de espacios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 52
LUNES 3 DE MARZO DE 2025
Pág. 191
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, de manera más concreta, en la materia que nos ocupa, en el artículo 12 de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre.
Este convenio de colaboración lleva firmándose desde mayo de 2007 renovándose
hasta la actualidad, debido a la alta demanda por parte de las familias madrileñas especialmente de la zona noroeste.
Segundo
El Ayuntamiento de las Rozas de Madrid, ejercerá en virtud del artículo 25.2.e) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, competencias en materia de evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a
personas en situación o riesgo de exclusión social, encontrándose entre los objetivos prioritarios de este Ayuntamiento el apoyo y orientación de la familia en sus diferentes ámbitos.
De los datos de demanda de servicios prestados en el CAEF durante la ejecución del
convenio anterior, se estima necesario suscribir un nuevo convenio de colaboración entre
el Ayuntamiento de las Rozas de Madrid y la Comunidad de Madrid, para que las familias
madrileñas puedan seguir disfrutando de estos servicios públicos. Las previsiones de cara
a futuro es que siga habiendo una alta demanda de estos servicios que se prestan en el Centro de Apoyo y Encuentro Familiar, por todo ello se propone la formalización de un nuevo
convenio de colaboración entre ambas instituciones para seguir prestando a los madrileños
unos servicios públicos de calidad.
Tercero
El presente convenio sustituye el anterior, con idéntico fin, de fecha 27 de noviembre
de 2020, con una duración inicial de tres años, y que fue prorrogado por un año más, finalizando su vigencia el 30 de noviembre de 2024.
En virtud de lo expuesto, siendo deseo de ambas partes fomentar su colaboración y de
acuerdo con las atribuciones conferidas, respetando el ámbito de actuación de cada una de
las partes que interviene en este convenio y siendo interés de éstas articular su colaboración
en orden a la consecución de la finalidad indicada, acuerdan suscribir el presente convenio
con arreglo a las siguientes:
CLAUSULAS
Primera
Objeto
Segunda
Utilidad social del inmueble
El bien inmueble objeto de la autorización gratuita de uso por parte del Ayuntamiento
de las Rozas de Madrid a la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, se destinará a albergar un Centro de Apoyo y Encuentro Familiar para la atención
BOCM-20250303-45
Constituye el objeto del presente convenio establecer las condiciones que han de regir
la autorización de uso gratuito, por el Ayuntamiento de las Rozas de Madrid, de una superficie determinada de 150 m2, del bien inmueble, cuyo plano se adjunta como anexo I, situado en calle Comunidad de la Rioja número 2, a la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, con la finalidad de albergar un Centro de Apoyo y Encuentro
Familiar para la atención de las familias madrileñas. Se adjunta como anexo II, documento
que especifica la referencia catastral.
El Ayuntamiento de las Rozas de Madrid, mantendrá la plena titularidad de la edificación debiendo, en todo momento, la Comunidad de Madrid a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, ajustarse al uso para el que está destinado. Ambas partes reconocen el
destino del resto del edificio a instalaciones de diversos servicios administrativos del Ayuntamiento de las Rozas de Madrid, mostrando su conformidad al respecto a los efectos de la
referida coordinación y distribución de espacios.