D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250301-5)
Convenio – Convenio de 27 de diciembre de 2024, entre la Administración General del Estado, la Comunidad de Madrid y la Universidad Autónoma de Madrid, por el que se crea el “Consorcio Centro Nacional de Neurotecnología” con el fin de promover la integración de la neurociencia y las tecnologías digitales
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BOCM
Pág. 66
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 51
creto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
Las competencias en materia de sanidad corresponden a la Consejería de Sanidad, de
acuerdo con el Decreto 245 /2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, correspondiendo en concreto
a la misma las competencias de investigación e innovación sanitaria.
Tercero
Que la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) es una institución de derecho público, integrada el sector público institucional conforme a lo establecido en los artículos 2.2.c)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 2.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, teniendo por objeto el
servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio.
Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad, y ejerce sus funciones con autonomía
de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
del Sistema Universitario, y el artículo 1 de los Estatutos de la Universidad, aprobados por Decreto 214/2003, de 16 de octubre, y parcialmente modificados por Decreto 94/2009, de 5 de
noviembre, en ambos casos del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, establece
en su artículo 3.4 la composición del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación,
identificando como agentes de ejecución a aquellas entidades públicas y privadas que realicen o den soporte a la investigación científica y técnica o a la innovación. Así mismo,
identifica en su artículo 46 los agentes de ejecución de la Administración General del Estado, siendo éstos los Organismos Públicos de Investigación y otros Organismos de investigación públicos dependientes, creados o participados mayoritariamente por la Administración General del Estado
En el mes de julio de 2020 la Comisión Europea aprobó un paquete de ayudas, que se
articularon a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en el que se incluyó un
fondo extraordinario, llamado NextGenerationEU (NG-EU), por valor de 750.000 millones
de euros.
La gestión en España de los fondos europeos de Recuperación, Transformación y Resiliencia pone de relieve la importancia de la colaboración, en sentido amplio, como estrategia para la mayor eficacia y eficiencia de los mismos. En esta línea, el artículo 68 del Real
Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, contempla un régimen especial de los consorcios que se
constituyan para la ejecución del dicho Plan.
Este régimen permite la creación de consorcios con la autorización de la Comisión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, previo informe del Comité Técnico, sin
necesidad de la autorización legal prevista en el artículo 123.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
A su vez, el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, previene en su artículo 59 una
serie de medidas en relación con los Convenios suscritos para la ejecución de proyectos con
cargo a fondos europeos. En concreto, exime de la autorización previa del Ministerio de Hacienda para la firma de convenios.
Por su parte, el 2 de diciembre de 2020 se aprobó la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial. Esta estrategia contempla 30 medidas repartidas en torno a 6 ejes, que aplicadas en conjunto pueden traer efectos profundamente transformadores al tejido socioeconómico español y que han sido incluidas en el Componente 16 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
El primer eje de la Estrategia se centra en el impulso a la investigación científica, el
desarrollo tecnológico y la innovación en inteligencia artificial. Y dentro de este eje, se contempla como medida cuarta la creación de nuevos centros nacionales de desarrollo tecnológico en ámbitos multidisciplinares, junto con otras ciencias como la neurotecnología, psicología, sociología, política, etc.
En este marco, a través de este Consorcio, se impulsa la creación y consolidación de
una comunidad con escasa presencia en España, donde la hibridación de campos como la
neurociencia y las tecnologías digitales pueda permitir el desarrollo de herramientas tecnológicas que estén basadas en los fundamentos del cerebro humano y se pongan al servicio
BOCM-20250301-5
Cuarto
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 51
creto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
Las competencias en materia de sanidad corresponden a la Consejería de Sanidad, de
acuerdo con el Decreto 245 /2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, correspondiendo en concreto
a la misma las competencias de investigación e innovación sanitaria.
Tercero
Que la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) es una institución de derecho público, integrada el sector público institucional conforme a lo establecido en los artículos 2.2.c)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 2.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, teniendo por objeto el
servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio.
Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad, y ejerce sus funciones con autonomía
de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
del Sistema Universitario, y el artículo 1 de los Estatutos de la Universidad, aprobados por Decreto 214/2003, de 16 de octubre, y parcialmente modificados por Decreto 94/2009, de 5 de
noviembre, en ambos casos del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, establece
en su artículo 3.4 la composición del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación,
identificando como agentes de ejecución a aquellas entidades públicas y privadas que realicen o den soporte a la investigación científica y técnica o a la innovación. Así mismo,
identifica en su artículo 46 los agentes de ejecución de la Administración General del Estado, siendo éstos los Organismos Públicos de Investigación y otros Organismos de investigación públicos dependientes, creados o participados mayoritariamente por la Administración General del Estado
En el mes de julio de 2020 la Comisión Europea aprobó un paquete de ayudas, que se
articularon a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en el que se incluyó un
fondo extraordinario, llamado NextGenerationEU (NG-EU), por valor de 750.000 millones
de euros.
La gestión en España de los fondos europeos de Recuperación, Transformación y Resiliencia pone de relieve la importancia de la colaboración, en sentido amplio, como estrategia para la mayor eficacia y eficiencia de los mismos. En esta línea, el artículo 68 del Real
Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, contempla un régimen especial de los consorcios que se
constituyan para la ejecución del dicho Plan.
Este régimen permite la creación de consorcios con la autorización de la Comisión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, previo informe del Comité Técnico, sin
necesidad de la autorización legal prevista en el artículo 123.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
A su vez, el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, previene en su artículo 59 una
serie de medidas en relación con los Convenios suscritos para la ejecución de proyectos con
cargo a fondos europeos. En concreto, exime de la autorización previa del Ministerio de Hacienda para la firma de convenios.
Por su parte, el 2 de diciembre de 2020 se aprobó la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial. Esta estrategia contempla 30 medidas repartidas en torno a 6 ejes, que aplicadas en conjunto pueden traer efectos profundamente transformadores al tejido socioeconómico español y que han sido incluidas en el Componente 16 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
El primer eje de la Estrategia se centra en el impulso a la investigación científica, el
desarrollo tecnológico y la innovación en inteligencia artificial. Y dentro de este eje, se contempla como medida cuarta la creación de nuevos centros nacionales de desarrollo tecnológico en ámbitos multidisciplinares, junto con otras ciencias como la neurotecnología, psicología, sociología, política, etc.
En este marco, a través de este Consorcio, se impulsa la creación y consolidación de
una comunidad con escasa presencia en España, donde la hibridación de campos como la
neurociencia y las tecnologías digitales pueda permitir el desarrollo de herramientas tecnológicas que estén basadas en los fundamentos del cerebro humano y se pongan al servicio
BOCM-20250301-5
Cuarto