B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250228-17)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 50

VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025

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https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitariosrealizados-en-centros-extranjeros/

MÉRITO: 2.2. Postgrados, doctorado y premios extraordinarios
2.2.1. Por el Certificado-Diploma acreditativo de Estudios Avanzados (RD 778/1998, de 30 de abril, BOE de
1 de mayo), el Título Oficial de Máster, expedido según Real Decreto 882/2021 de 28 de septiembre (BOE
del 29), la Suficiencia investigadora, o cualquier otro título equivalente, siempre que no sean requisito para el
ingreso en la función pública docente: 1,000 puntos.
2.2.2. Por poseer el título de Doctor siempre que no haya sido alegado para el ingreso: 1,000 puntos.
2.2.3. Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado: 0,500 puntos.

A) ACLARACIONES
¾

No se valorarán los títulos universitarios no oficiales de conformidad con lo establecido en el art. 36 del R.D
882/2021 de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y
del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

¾

En caso de poseer más de un Master oficial, expedido según el R.D 882/2021 de 28 de septiembre deberá
acreditarse siempre que no se haya utilizado para obtener otra titulación.

¾

Aquellos títulos obtenidos en el extranjero deberán estar homologados o ser equivalentes a la titulación y al
nivel académico universitario oficial, según marca el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre/ Real
Decreto 889/2022, de 18 de octubre.

B) DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA
¾

Título oficial correspondiente, o certificación académica. En la misma, deberá constar que el interesado está
en condiciones de que se le expida el título correspondiente o SET (Suplemento Europeo al Título).

¾

Documento justificativo del premio extraordinario en el doctorado.

MÉRITO: 2.3. Otras titulaciones universitarias de carácter oficial.
2.3.1. Titulaciones de primer ciclo:
Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica, o títulos declarados legalmente equivalentes,
y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura Arquitectura o Ingeniería: 1,000 puntos.
2.3.2. Titulaciones de segundo ciclo:

BOCM-20250228-17

Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas, Títulos
superiores de Enseñanzas Artísticas, título universitario oficial de Grado, o títulos declarados legalmente
equivalentes: 1,000 puntos.