B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250228-17)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos
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B.O.C.M. Núm. 50

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025

Cuando las comisiones de selección o, en su caso, el tribunal único, procedan a determinar los aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso correspondiente al
ingreso libre, acumularán a las plazas inicialmente asignadas a este procedimiento todas
aquellas otras que hubieran quedado vacantes por los otros turnos.
En ningún caso, se podrá declarar que ha resultado seleccionado un número superior
de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjesen empates,
estos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1) Mayor puntuación en la fase de oposición.
2) Mayor puntuación en cada uno de los ejercicios de la oposición, por el orden en
que estos aparecen en la convocatoria.
3) Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en que estos aparecen en la convocatoria.
4) Mayor puntuación en los subapartados del baremo, por el orden en que estos aparecen en la convocatoria.
Una vez aplicados los criterios anteriores, si persistiera el empate, la comisión de selección, o en su caso, el tribunal único, establecerán un último criterio de desempate, consistente en la realización de una prueba con cinco cuestiones relacionadas con el temario de
la especialidad correspondiente. Los aspirantes afectados por el empate serán citados con
una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, en las mismas sedes en las que se hayan
celebrado las pruebas, así como en el tablón electrónico de cada tribunal.
Las comisiones de selección o, en su caso, el tribunal único, expondrán la lista a que
se refiere el apartado anterior, en los tablones de las sedes en los que se han realizado las
pruebas, así como en el tablón electrónico de cada tribunal.
Mediante Resolución del Director General de Recursos Humanos, que se publicará en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se aprobará la relación de los aspirantes que han superado el procedimiento selectivo, distribuidos por especialidades, con indicación del número de orden obtenido en el procedimiento, de acuerdo con la puntuación
alcanzada, así como dicha puntuación global. Asimismo, las listas de seleccionados serán publicadas en el portal de la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/ofertaempleo/oposiciones-ensenanza-secundaria-2025 . También se podrá acceder con carácter
meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación”
( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia: “Funcionarios
Docentes”, “Procesos selectivos”, “Profesores”, “Enseñanza Secundaria FP y RE”.
Contra esta Resolución, de conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la
Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de su publicación.
13.3. Comunicación de opción para los seleccionados a ingresar en el mismo cuerpo
y los que la han superado en más de un cuerpo.
Los aspirantes que superen el procedimiento selectivo para el ingreso en el mismo
cuerpo, por esta y por otra u otras Administraciones Educativas, deberán optar, en el plazo
de 10 días hábiles contados a partir de la publicación de la lista de seleccionados, por el ingreso en una de las Administraciones, renunciando a todos los derechos que pudiera corresponderles por su participación en la/s restante/s. De no realizar esta opción, la aceptación
del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a los restantes.
Los aspirantes que han superado la fase de oposición y concurso por más de un cuerpo y/o especialidad, por esta y por otra u otras Administraciones Educativas, deberán manifestar, por escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, mediante la aplicación disponible en la ruta indicada en el apartado 6.2, la opción para la realización del
período de prácticas en uno de los cuerpos o especialidades y solicitar prórroga en el resto.
13.4. Renuncia de aspirantes seleccionados.
Cuando se produzca la renuncia de alguno de los aspirantes seleccionados, antes de la
publicación de la resolución por la que se nombran funcionarios de carrera, y siempre que
se haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, la Dirección General de Recursos Humanos, con el fin de asegurar la cobertura de la

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