Buitrago del Lozoya (BOCM-20250227-50)
Organización y funcionamiento. Reglamento aparcamiento
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 182
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 49
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
BUITRAGO DEL LOZOYA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Se considera aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones durante el trámite de información pública llevado a efecto, el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de diciembre de 2024, en virtud del
cual se aprobó, con carácter inicial, el Reglamento del Servicio de Ordenación y Regulación del Aparcamiento Gratuito de Vehículos al Aire Libre y que ha sido expuesto al público en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 2,
de 3 de enero de 2025, página 184.
Lo cual se publica, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, insertándose a
continuación el texto íntegro del Reglamento del Servicio de Ordenación y Regulación del
Aparcamiento Gratuito de Vehículos al Aire Libre.
“REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ORDENACIÓN Y REGULACIÓN DEL APARCAMIENTO
GRATUITO DE VEHICULOS AL AIRE LIBRE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
-
La ordenación y control del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como
la vigilancia por medio de agentes del orden, denuncia de infracciones que se cometan en dichas
vías y la sanción de las mismas cuando no estén expresamente atribuidas a otra Administración.
-
La regulación, mediante Ordenanza Municipal de los usos de las vías urbanas,
tiene como objetivo fomentar la equitativa distribución de los aparcamientos entre los usuarios,
mejorando fluidez del tráfico rodado y facilitando el uso peatonal del espacio público. La
implantación de medidas de estacionamiento limitado, tiene como fin garantizar la rotación de los
BOCM-20250227-50
El presente Reglamento nace de la necesidad de ordenación y regulación del
aparcamiento de vehículos en los párquines municipales, entendido éste como un servicio público
local que desarrolla su uso en superficies disponibles ubicadas en suelo urbano en el Municipio de
Buitrago del Lozoya (Madrid).
La movilidad urbana sostenible favorece el ejercicio efectivo de los derechos individuales,
compatibilizándola con la protección de la salud y la integridad física de las personas, a través de
la seguridad vial y la protección del medio ambiente urbano.
También facilita el desarrollo de la actividad económica, el progreso social y técnico y la
protección del patrimonio histórico-artístico y cultural, todo ello enfocado al respeto del medio
ambiente y la sostenibilidad energética.
Se implementa el sistema de aparcamientos disuasorios al aire libre durante el horario de
máxima afluencia de visitantes al municipio, a fin de ampliar el número de plazas disponibles,
evitando ocupar aceras y demás espacios destinados a uso rodado o peatonal.
La regulación del estacionamiento tiene como finalidad la consecución de un mayor
equilibrio entre la oferta y la demanda de estacionamiento en las distintas zonas del municipio y,
para ello, se desarrolla con actuaciones de limitación, control e inversión, destinadas a la
consecución de dicho objetivo, que puedan realizarse por el Ayuntamiento, bien directamente o
bien con el auxilio de contratas destinadas a la prestación de dicho servicio.
Según lo dispuesto en los artículos 7 y 39 del Texto Refundido de la Ley sobre el Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015,
de 30 de octubre, a los Municipios se les atribuyen, entre otras, las siguientes competencias en el
ámbito del tráfico:
Pág. 182
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 49
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
BUITRAGO DEL LOZOYA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Se considera aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones durante el trámite de información pública llevado a efecto, el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de diciembre de 2024, en virtud del
cual se aprobó, con carácter inicial, el Reglamento del Servicio de Ordenación y Regulación del Aparcamiento Gratuito de Vehículos al Aire Libre y que ha sido expuesto al público en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 2,
de 3 de enero de 2025, página 184.
Lo cual se publica, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, insertándose a
continuación el texto íntegro del Reglamento del Servicio de Ordenación y Regulación del
Aparcamiento Gratuito de Vehículos al Aire Libre.
“REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ORDENACIÓN Y REGULACIÓN DEL APARCAMIENTO
GRATUITO DE VEHICULOS AL AIRE LIBRE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
-
La ordenación y control del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como
la vigilancia por medio de agentes del orden, denuncia de infracciones que se cometan en dichas
vías y la sanción de las mismas cuando no estén expresamente atribuidas a otra Administración.
-
La regulación, mediante Ordenanza Municipal de los usos de las vías urbanas,
tiene como objetivo fomentar la equitativa distribución de los aparcamientos entre los usuarios,
mejorando fluidez del tráfico rodado y facilitando el uso peatonal del espacio público. La
implantación de medidas de estacionamiento limitado, tiene como fin garantizar la rotación de los
BOCM-20250227-50
El presente Reglamento nace de la necesidad de ordenación y regulación del
aparcamiento de vehículos en los párquines municipales, entendido éste como un servicio público
local que desarrolla su uso en superficies disponibles ubicadas en suelo urbano en el Municipio de
Buitrago del Lozoya (Madrid).
La movilidad urbana sostenible favorece el ejercicio efectivo de los derechos individuales,
compatibilizándola con la protección de la salud y la integridad física de las personas, a través de
la seguridad vial y la protección del medio ambiente urbano.
También facilita el desarrollo de la actividad económica, el progreso social y técnico y la
protección del patrimonio histórico-artístico y cultural, todo ello enfocado al respeto del medio
ambiente y la sostenibilidad energética.
Se implementa el sistema de aparcamientos disuasorios al aire libre durante el horario de
máxima afluencia de visitantes al municipio, a fin de ampliar el número de plazas disponibles,
evitando ocupar aceras y demás espacios destinados a uso rodado o peatonal.
La regulación del estacionamiento tiene como finalidad la consecución de un mayor
equilibrio entre la oferta y la demanda de estacionamiento en las distintas zonas del municipio y,
para ello, se desarrolla con actuaciones de limitación, control e inversión, destinadas a la
consecución de dicho objetivo, que puedan realizarse por el Ayuntamiento, bien directamente o
bien con el auxilio de contratas destinadas a la prestación de dicho servicio.
Según lo dispuesto en los artículos 7 y 39 del Texto Refundido de la Ley sobre el Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015,
de 30 de octubre, a los Municipios se les atribuyen, entre otras, las siguientes competencias en el
ámbito del tráfico: