Cubas de la Sagra (BOCM-20250226-59)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 48

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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CUBAS DE LA SAGRA
RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo previsto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y una vez transcurrido el período de exposición pública mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 305, de 23 de diciembre de 2024, sin que se hayan presentado alegaciones, queda elevado a definitivo el acuerdo
de aprobación inicial de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de gestión recogida de residuos de competencia municipal adoptado en sesión plenaria
de 20 de diciembre de 2024, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 70.2 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
APROBACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA
POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA
DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL
PREÁMBULO
I
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, señala en su artículo
25.1 que el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede
promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades
y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en dicho artículo, continuando en
el punto 2.b) que se ejercerá, en todo caso como competencias propias la de medio ambiente
urbano y en particular, la gestión de los residuos sólidos urbanos.
Resultando competencia propia municipal dicha gestión, el Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, en el marco del principio de suficiencia financiera municipal, dispone en su artículo 20.1
que las entidades locales podrán establecer tasas por la prestación de servicios públicos o la
realización de actividades administrativas de competencia local que se refieran, afecten o
beneficien de modo particular a los sujetos pasivos; y conforme a esta previsión, el apartado 4 del
mismo artículo señala que las entidades locales podrán establecer tasas por cualquier supuesto
de prestación de servicios o de realización de actividades administrativas de competencia local, y
en particular por la recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de estos.

Ahora bien, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular ordena en su artículo 11.3 que las entidades locales establecerán, en el plazo de tres años a
contar desde la entrada en vigor de esta ley, una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de
carácter público no tributaria, específica, diferenciada y no deficitaria, que permita implantar
sistemas de pago por generación y que refleje el coste real, directo o indirecto, de las operaciones
de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de estas operaciones y
el mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación
y comunicación, así como los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada
del productor, de la venta de materiales y de energía.
Por tanto, en cumplimiento de la señalada normativa, procede la incoación de este expediente
con la finalidad de dar cumplimiento a las disposiciones de la referida Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular, mediante la aprobación de la
imposición de la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos en el municipio, así como
su ordenación mediante la correspondiente ordenanza fiscal.

BOCM-20250226-59

Esta tasa, conocida como tasa de basuras, no resultaba de aplicación en nuestro municipio ya
que esta Corporación no ha acordado a esta fecha su imposición y cobro, financiando el
servicio de recogida y tratamiento de los residuos con recursos generales del presupuesto
municipal.