C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250225-23)
Plan estratégico subvenciones – Orden 495/2025, de 12 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifican las líneas 2, 3 y 51 del Anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2024-2027, aprobado mediante la Orden 396/2024, de 2 de febrero
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 47
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 235
Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior para el período 2024-2027, por lo que se precisa su modificación.
Del mismo modo se precisa modificar los importes de las anualidades de 2025, 2026
y 2027 de la línea de subvención 51 del Anexo I, denominada: “Ayudas para promover la
adopción de medidas de protección para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de lobos existentes en la Comunidad de Madrid”, incrementándolos hasta 200.000
euros para cada una de las anualidades señaladas, con cargo a la posición presupuestaria
G/456A/77306, por ser los importes inicialmente previstos insuficientes para alcanzar el
objetivo pretendido.
Por todo lo anteriormente expuesto, se considera procedente modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2024-2027.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, el artículo 12.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el
artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Modificar los importes de las anualidades 2025, 2026 y 2027 de la línea de subvención 2 “Concesión directa de una subvención que se otorga a la Mancomunidad Intermunicipal del Sudeste de la Comunidad de Madrid para el pago de gastos corrientes y de personal de la oficina técnica de asesoramiento urbanístico”, tal y como figura en el Anexo de la
presente Orden.
Segundo
Modificar el subconcepto y denominación, así como los importes de las anualidades 2025, 2026 y 2027, de la línea de subvención 3 “Concesión directa de una subvención
que se otorga a la Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte
para el pago de gastos corrientes y de personal de la oficina técnica de asesoramiento urbanístico”, tal y como figura en el Anexo de la presente Orden.
Tercero
Modificar los importes de las anualidades de 2025, 2026 y 2027 de la línea de subvención 51 del Anexo I, “Línea de ayudas para promover la adopción de medidas de protección
para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de lobos existentes en la Comunidad de Madrid”, tal y como figura en el anexo a la presente Orden.
Cuarto
De conformidad con el artículo 25.1.a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, se procederá a la publicación de la
modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior para el período 2024-2027 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Madrid, a 12 de febrero de 2025.
BOCM-20250225-23
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS
B.O.C.M. Núm. 47
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 235
Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior para el período 2024-2027, por lo que se precisa su modificación.
Del mismo modo se precisa modificar los importes de las anualidades de 2025, 2026
y 2027 de la línea de subvención 51 del Anexo I, denominada: “Ayudas para promover la
adopción de medidas de protección para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de lobos existentes en la Comunidad de Madrid”, incrementándolos hasta 200.000
euros para cada una de las anualidades señaladas, con cargo a la posición presupuestaria
G/456A/77306, por ser los importes inicialmente previstos insuficientes para alcanzar el
objetivo pretendido.
Por todo lo anteriormente expuesto, se considera procedente modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2024-2027.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, el artículo 12.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el
artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Modificar los importes de las anualidades 2025, 2026 y 2027 de la línea de subvención 2 “Concesión directa de una subvención que se otorga a la Mancomunidad Intermunicipal del Sudeste de la Comunidad de Madrid para el pago de gastos corrientes y de personal de la oficina técnica de asesoramiento urbanístico”, tal y como figura en el Anexo de la
presente Orden.
Segundo
Modificar el subconcepto y denominación, así como los importes de las anualidades 2025, 2026 y 2027, de la línea de subvención 3 “Concesión directa de una subvención
que se otorga a la Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte
para el pago de gastos corrientes y de personal de la oficina técnica de asesoramiento urbanístico”, tal y como figura en el Anexo de la presente Orden.
Tercero
Modificar los importes de las anualidades de 2025, 2026 y 2027 de la línea de subvención 51 del Anexo I, “Línea de ayudas para promover la adopción de medidas de protección
para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de lobos existentes en la Comunidad de Madrid”, tal y como figura en el anexo a la presente Orden.
Cuarto
De conformidad con el artículo 25.1.a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, se procederá a la publicación de la
modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior para el período 2024-2027 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Madrid, a 12 de febrero de 2025.
BOCM-20250225-23
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS